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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Miguel Ángel García García-Rivera

¿Las asociaciones tenemos que pagar el recurso cameral a la Cámara de comercio de Madrid?

19.08.10

¿Las asociaciones tenemos que pagar el recurso cameral a la Cámara de comercio de Madrid?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

10.09.10

No, pues las asociaciones no realizan actividades comerciales, industriales o navieras.

A tal efecto conviene recordar que la obligación de pagar dicho recurso se impone a los electores de las Cámaras, condición que no recae en las asociaciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, por remisión del artículo 13 de la citada Ley al artículo 6 del mismo texto.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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