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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jorge Saavedra Delgado

¿Las retenciones de I.R.P.F. a las pequeñas ONG son reembolsables?

11.09.03

¿Es posible solicitar la devolución de las retenciones para el I.R.P.F que se practiquen a una entidad sin animo de lucro no obligada a declarar por el impuesto de sociedades?.

En caso afirmativo rogamos nos indiquen el modo de realizar la solicitud de devolución.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

20.09.03

Madrid a 20 de septiembre de 2003.

Señores:

En contestación a su consulta nuestra opinión es la siguiente:

En su consulta mencionan que no están obligados a presentar declaración por el Impuesto sobre Sociedades (IS), por lo tanto la entidad no está acogida al régimen fiscal de la Ley 49/2002, ya que este obliga a la presentación de la declaración

Tributa entonces la entidad como entidad parcialmente exenta. El art. 54 del reglamento del IS en su punto 2 determina que las entidades parcialmente exentas deberán presentar declaración del IS para obtener la devolución de las retenciones. Si esta no se presenta se pierde el derecho a la devolución de estas retenciones.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.


Esperamos que le sea de utilidad nuestra respuesta,



Saludos cordiales.

solucionesong.org
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