Consultas Online

libros anuales
03.09.25
Que consecuencias tiene la no presentación de libros anuales pro una asociación sin ánimo de lucro y como se puede regularizar esta situación y corregir lo que se ha heçho mal o no se ha hecho?
Gracias
Respuestas

Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
03.09.25
Una asociación no tiene en principio obligación de legalizar sus libros de contabilidad; no obstante, nosotros legalizamos los de nuestros clientes porque es “ponerle la guinda al pastel”; es decir, si has hecho el trabajo de llevar la contabilidad durante todo el año, pues si procedemos a su legalización, mucho mejor porque surte efectos frente a terceros al ser intervenida por un un funcionario público. ¿Dónde legalizar? Pues nosotros lo hacemos en el Registro Mercantil de la provincia donde la asociación tiene su sede, trámite con un coste de legalización de en torno a 40 euros.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.

Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
05.09.25
En relación con la consulta planteada, paso a informarles lo siguiente: en línea con lo que le traslada mi compañero Juan González, la legalización de los libros de la asociación, es decir, libro de actas, libros de contabilidad y libro de registro de socios puede realizarse ante Notario o, en su caso, presentándolos en el Registro Mercantil correspondiente. ´
Ello es posible, inclusive, aunque la entidad asociativa no realice actividades económicas, ya que el Registro Mercantil tiene previsto un procedimiento para realizar ciertos trámites relativos a entidades no inscritas en él.
Espero haberles ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com