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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Nuria Jerez Majo

Licencias y demás trámites administrativos para ejercer una actividad.

24.09.09

Nuestra entidad desarrolla un programa de atención socioeducativa con menores, de lunes a viernes en horario de tarde. Recientemente, nos hemos cambiado de local, a unas instalaciones cedidas por la Salesianas, que son 2 despachos y una sala grande (de unos 50 m/c) en un sótano. Estas instalaciones son propiedad de las salesianas y nos ceden esta parte.


¿Es necesario tramitar algún papel: licencia de apertura o de actividad, comunicación de apertura de centro de trabajo? A quien hay que dirigirse, ¿al ayuntamiento o comunidad?


Hace años movimos un licencia de actividades porque estábamos de alquiler, pero no nos la concedieron porque dijeron que había un vació legal.


¿Nos podéis ayudar a ver qué tramites hay que hacer?


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

24.09.09

Efectivamente es necesaria la licencia de apertura y licencia de actividad que deberá solicitarse al Ayuntamiento.

Si tenéis personal contratado, de igual manera habrá que comunicar el centro de trabajo a la Consejería de Trabajo de la correspondiente Comunidad Auntónoma.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.
juan@gonzalezpalomino.com

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#2

Opinión anónima

28.09.09

Efectivamente Nuria, las entidades sin ánimo de lucro no se diferencian de otras formas jurídicas (sociedades, etc) en relación a licencias, permisos, trámite o, en general, el cumplimiento de leyes generales administrativas o fiscales (a salvo el régimen fiscal especial).

Por ello mi consejo es que os pongáis en contacto con el área de urbanismo de vuestro Ayuntamiento para realizar los trámites pertinentes en cuanto al local.

El que seáis arrendatarios o propietarios no cambia en nada la exigencia legal, No entiendo por qué os dijeron eso.
Por lo que respecta a la comunicación de nuevo centro de trabajo, lo tenéis que hacer ante la Consellería de Trabajo. Si no tenéis todavía nº empresa tenéis que tramitarlo ante la Tesorería de la Seguridad Social.

Además de ello el resto de trámites laborales y administrativos (libros visita, libros reclamaciones, prevención de riesgos, etc, etc)...

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#3

Excelente

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

03.10.09

 


Estimada Nuria: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: en primer lugar,  el objeto de la consulta planteada viene dada por dos cuestiones, a saber: licencia urbanística por apertura, así como comunicación de apertura de un centro de trabajo a la autoridad administrativa laboral competente.


En realidad, si la entidad asociativa viene realizando un programa de atención socieducativa y lo que se efectúa es un cambio de local, no de inicio de actividad y de apertura de un centro de trabajo, entiendo que no sería necesario la expedición de  licencia urbanistica de apertura y la comunicación de apertura de un centro de trabajo, sino, en cualquier caso, la comunicación a dichas instituciones públicas de la modificación del local donde ejercita su actividad Valponasca.


En concreto, respecto  a la primera cuestión suscitada, debo informarte que, en  la mayoría de los casos, es preciso obtener con antelación una licencia urbanística o permiso expedido por el Ayuntamiento para:  


-Realizar obras, reformas, construcciones u otras actuaciones en una vivienda, local, edificio o solar.     


-Abrir nuevas oficinas, comercios y otras actividades en un local, tal como acaece en el supuesto objeto de consulta.     


-Cambiar de uso un edificio (por ejemplo, de oficinas a viviendas o viceversa) o un local comercial (por ejemplo, abrir una cafetería donde antes había una tienda de ropa).


-No se requiere licencia para pintar, cambiar solados, alicatar o sustituir instalaciones de saneamiento, agua, electricidad o calefacción en viviendas o locales, siempre que el edificio no esté catalogado.

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#4

Excelente

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

03.10.09

Al tener Valponasca, salvo error u omisión, su domicilio  social en León, deberías ponerte en contacto con la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de León, para asegurarte de la necesidad de realizar algún trámite administrativo. La misma se encuentra sita en C/Ordoño II, 10, C.P. 24011. Licencias Medioambientales y de Apertura. Teléfonos: 98795797-987895599; Fax: 987895469; e-mail: urbanismo.secretaria@aytoleon.com


 


Por lo que respecta a la apertura de un centro de trabajo, igualmente, ante la burocracia, a veces, desmedida por la Administración Pública en España, deberás ponerte en contacto con  la Oficina Territorial de Trabajo en  C/ Gran Vía de San Marcos, 27 C.P. 24071 León (León).Teléfono: 987 223 048. Fax: 987 227 570.


Quedo a tu disposición para cualquier duda sobre esta consulta o de índole jurídica similar.


Cordialmente,


Rafael Pérez Castillo.


rperezcastillo@gmail.com

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