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Consultas Online

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Consulta formulada por:

José García

¿Los menores que integran la asociación necesitan una autorización para asistir a un evento de la entidad que es por la noche?

25.11.10

Hola,

Soy el secretario de una asociación juvenil y bueno mi consulta es la siguiente. Próximamente debido a la aproximación de las fiestas navideñas, nuestra asociación tiene la costumbre de realizar en noche buena y noche vieja una fiesta por la noche.

¿Necesitamos hacer algún tipo de autorización para que los menores de edad puedan asistir a dicha fiesta?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Buena

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

27.11.10

Estimado José: en relación con la consulta establecida, paso a informarte lo siguiente: en primer lugar, es de aplicación al supuesto en ciernes el artículo 162 del Código Civil: “Los padres que ostenten la patria potestad tienen la representación legal de sus hijos menores no emancipados.
Se exceptúan:
1.Los actos relativos a derechos de la personalidad u otros que el hijo, de acuerdo con las leyes y con sus condiciones de madurez, pueda realizar por sí mismo.
2.Aquellos en que exista conflicto de intereses entre los padres y el hijo.
3.Los relativos a bienes que estén excluidos de la administración de los padres.
Para celebrar contratos que obliguen al hijo a realizar prestaciones personales se requiere el previo consentimiento de éste si tuviere suficiente juicio, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 158”.
De acuerdo con lo dispuesto, al no estar dentro de las exceptuaciones del precepto legal referido la asistencia a un evento nocturno y, a salvas de que dichos menores de edad integrantes de la asociación juvenil, estuvieran emancipados, conforme al artículo 314 y ss. del Código Civil, en los demás casos, a efectos de seguridad jurídica por los miembros órganos de representación de la entidad asociativa, en mi opinión, debería solicitarse la correspondiente autorización a los padres o madres de dichos menores de edad para la asistencia a dichas fiestas navideñas.
Cordialmente,
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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#2

Buena

Aportada por:

Ramon Pamies

Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc

Trabaja en:

Asesor particular

30.11.10

Dependerá del tipo de evento que sea, y del lugar donde se realice. ?

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#3

Buena

Aportada por:

Concha Montoya Oliver

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

09.12.10

Teneis que combinar varios asuntos:
. la autorización de los padres, que son los responsables de sus hijos como te ha dicho mi compañero. Pienso que se puede presumir que hay una autorización tácita si los chicos van normalmente con la asociación.
. dependiendo de en qué lugar hagais las fiestas, una autorización administrativa, por cuestiones de seguridad principalmente y sanidad.
. al ser menores de edad teneis que contar con que no podeis servir alcohol, y si no respetais las norma, los organizadores sois los responsables del incumplimiento.
. ah¡ y acordaros, si poneis música y es un local público que pudieseis alquilar, el tema de la SGAE.

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#4

Respuesta del participante:

José García

15.02.11

Muchas Gracias

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