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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Martha Inés Jaramillo Aguilar

¿Los pagos de los socios pueden considerarse como donativo?

10.04.12

En nuestros estatutos tenemos asociados de honor que no tienen derecho a voto.

¿Podemos contar como socios honoríficos a todos los que se inscriban a las actividades y que el pago sea como un donativo a la asociación? ¿eso legalmente es viable?. Lo digo porque de lo contrario nos tendríamos que dar de alta en el IAE, ¿no?.

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

12.04.12

Yo entiendo que si es viable y plenamente legal.
Cada socio honorifico firma en el recibo nominativo que se expide,(en la copia que se guarda la asociacion), diciendo que lo entrega como donativo voluntario e irrevocable y punto.

Por supuesto ese donativo no le sirve al socio para desgrabar ni deducir en ningun impuesto del socio.

Saludos.

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#2

Respuesta del participante:

Martha Inés Jaramillo Aguilar

13.04.12

Querido José Antonio, muchas gracias por la respuesta. me ha sido de gran ayuda.

Un saludo;

Martha Inés

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#3

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

13.04.12

Martha,

La donación suple esa indicación estatutaria que tenéis orientada a los socios honoríficos. No sé si acabo de entender muy bien la cuestión, pero entiendo que mediante esa donación se exime a vuestra entidad del alta del impuesto de actividades económicas.

Detalle que no impide paralelamente que los aportes que los socios consten en el modelo 182 de declaración informativa de donaciones presentado ante Hacienda, en cuyo caso esas cantidades sí servirían al socio para desgravar ante la Agencia Tributaria.

Recordemos y conceptualicemos bien el sentido de la palabra “desgravar”: Descontar gastos que pueden rebajarse de un impuesto. Y si un socio del tipo que sea hace un donativo o participa en una actividad sin ánimo de lucro de la entidad donde la entrada es voluntaria, eso es un donativo desgravable.

Puedes ampliar la información es estos dos enlaces:

> sobre los porcentajes desgravables “link 1”
:http://finanzas-personales.practicopedia.com/declaracion-de-la-renta/como-desgravar-las-donaciones-en-la-declaracion-de-la-renta-10352

> sobre el procedimiento para informar de estas donaciones
link 2

Esta es una consulta ya planteada y resuelta en preguntas similares, por eso es importante que no te confundas, las donaciones a una entidad no lucrativa pueden ser informadas a la AEAT para que puedan desgravar en un porcentaje variable, ese formulario (182) sólo precisa: los siguientes datos referidos a los donantes: Nombre y apellidos, Número de identificación fiscal, Importe del donativo. La declaración informativa de donaciones no implica ningún gasto o movimiento económico sino que representa una información suministrada a la Hacienda Pública sobre los donativos recibidos.

Un saludo cordial.

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#4

Respuesta del participante:

Martha Inés Jaramillo Aguilar

13.04.12

Oye, mil gracias, nuevamente, aún mas esclarecedora la respuesta, me ha valido mucho.

Un abrazo,

Martha Inés

solucionesong.org
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