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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Lorenzo mar

Necesitamos un certificado de estar al corriente de pago en Agencia Tributaria ¿Cómo podemos obtenerlo?

30.12.14

Hola,

Represento a una ONG, me piden estar al corriente con Hacienda, nuestro ingreso no supera 55 mil euros. Hacienda no comunicó en su día que no tenemos que hacer declaración y necesito un certificado al corriente y sale negativo.

No tenemos actividad económica, ni finca ni nada que se le parezca, solo ingreso por subvención, ¿cómo hacemos para tener dicho certificado? Ya que dice que tenemos dado de alta como actividad económica y que estamos exento parcialmente?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan de Dios Pérez Romero

http://www.consultoriadefundaciones.es/

Trabaja en:

Consultoría de Fundaciones

03.01.15

Hola Lorenzo:

Yo creo que el problema estriba en que estáis dados de alta en una actividad económica. El régimen de las parcialmente exentas (aplicable en la mayoría de las asociaciones) establece la obligatoriedad de presentar el impuesto sobre sociedades cuando se perciban rentas (ingresos) procedentes de actividades económicas.

El artículo 136 del RDL 4/2004 (Texto Refundido del Impuesto sobre Sociedades dice: “3. Los sujetos pasivos a que se refiere el capítulo XV del título VII de esta ley (las parcialmente exenta, vuestro caso) estarán obligados a declarar la totalidad de sus rentas, exentas y no exentas. No obstante, los citados sujetos pasivos no tendrán obligación de presentar declaración cuando cumplan los siguientes requisitos:
a) Que sus ingresos totales no superen 100.000 euros anuales.
b) Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen 2.000 euros anuales.
c) Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.”

Por tanto, posiblemente la Agencia Tributaria espera vuestro impuesto sobre sociedades por la actividad económica en la que estáis dados de alta pero si no ha habido ingresos no estáis obligados. Mi consejo es que habléis con el funcionario ( yo iría al negociado de Impuesto sobre Sociedades) y le digáis que no tenéis obligación de declarar según el artículo que os he citado. pero ¡ojo! No presentéis la declaración del IS aunque os lo recomienden ya que os caerá una sanción por presentarlo fuera de plazo. Si el funcionario no os hace caso pedid hablar con un superior o con el Administrador.

Espero haberos servido de ayuda y suerte con vuestro proyecto. Saludos a Extremadura,

Juande

solucionesong.org
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