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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Vicente Alumbreros Núñez

Normativa aplicable o jurisprudencia conocida sobre incumplimiento de un acuerdo de Pleno de una Corporación Municipal

15.02.07

En 1998, nuestro Ayuntamiento aceptó, mediante acuerdo de pleno unánime, la donación de un terreno para la construcción de una residencia de mayores con la condición expresa de que “una vez construida sea cedida la construcción y el terreno a la fundación” a la que pertenezco.

Una vez construida la residencia y después de que la fundación haya reclamado en reiteradas veces el cumplimiento de aquel acuerdo, ningún partido reconoce aquel acuerdo y se niegan a llevarlo a cabo. En unos casos argumentan que las circunstancias han cambiado en otros proponen condiciones como la de incluir en el patronato a un representante de cada partido político….

¿Existe alguna vía legal que obligue al Ayuntamiento al cumplimiento de sus acuerdo plenarios? Ante la negativa de llegar a un acuerdo ¿qué podemos hacer?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Ramon Pamies

Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc

Trabaja en:

Asesor particular

15.02.07

Se supone que teneis copia de la resolucion inicial del Ayuntamiento y de que ahora ya os habeis dirigdo por escrito, con acuse de recibo al Ayuntamiento. De no ser asi, empezar por solicitar copia del acuerdo inicial y reclamar por escrito. Despues si la respuesta no es satisfactoria, yo os aconsejo, que os dirijais al Defensor del pueblo, (ya sea del Ayuntameinto, si lo tiene, pues no se desde donde efectuais la consulta) o de vuestra Comunidad Autonoma, o en su defecto al Defenso del Pueblo, del Estado

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.07

La verdad es que no es sencilla la cuestión y bien podemos decir que en vuestro caso se cumple la máxima, o la idea, de que las palabras y las promesas de los políticos se las lleva con mucha frecuencia el viento.

Digo que no es sencillo, porque aunque efectivamente exista ese acuerdo, siempre podrán alegar los grupos municipales actuales que ese acuerdo fue un acuerdo genérico y que para la cesión pueda hacerse efectiva habrá que concretar muchas cosas (como os dicen, participación en el patronato de representantes de cada grupo político, exigencia de un reglamento interno que regula el funciacionamiento de la residencia, o cualquier otra cosa que se les ocurra); con esto, conseguirán dilatar la cesión todo el tiempo que quieran, hasta que, dicho en términos coloquiales, os aburran.

Entiendo que la mejor vía para salir del atolladero es la política, que habléis con unos grupos políticos y con otros hasta conseguir la cesión efectiva, pues dudo mucho que, en vuestro caso, la vía contenciosa, la vía jurisdiccional llegase a properar, pues creo que difícilmente un Juez se atrevería a ordenar sin más la cesión de la residencia en vuestro favor, ante el cúmulo de inconvenientes, al menos teóricos que podría apuntar el Ayuntamiento.

Juan González Martín-Palomino.
gonzalezpalomino@icacr.com

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