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Consultas Online

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Consulta formulada por:

María García

Nos dicen que va a cambiar la Ley de Clubes Deportivos Básicos ¿Podéis decirnos algo al respecto?

24.03.15

Hola,

He oído que se va a cambiar la ley de los clubes deportivos básicos. Sabéis si hay algo al respecto y en que sentido se va a cambiar.

Me interesa sobremanera la legislación y las obligaciones fiscales de los club deportivos básicos.

Muchas gracias, un saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Ramón Perez-Lucena

Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com

Trabaja en:

Asesor particular

25.03.15

No se si hay algo más, pero como sabrá por las noticias de estas semanas, 18 federaciones deportivas han protestado contra la obligación de los clubes de dar de alta en la Seguridad Social a todas las personas a las que abonen alguna remuneración económica.

El origen de este conflicto surge por un informe que ha realizado el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y que se titula ”Estudio sobre la actividad desarrollada en los clubs y entidades deportivas sin ánimo de lucro” por el que se viene a exigir dar de alta a todo aquel que reciba una remuneración del club deportivo. Dudo que salga así finalmente esta “iniciativa”, y más en periodo electoral, pero por ahí irán los tiros en el futuro.

Más datos.

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#2

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

29.03.15

Estimada María: en relación con la consulta establecida, paso a informarle lo siguiente: en la línea de razonamiento que le traslada mi compañero ´Ramón, el 28 de noviembre se publicó en el BOE la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades. Después de los últimos cambios introducidos por el Senado, la Ley del Impuesto sobre Sociedades, la ha cual ha entrado en vigor el 1 de enero de 2015, tiene una especial trascendencia para las entidades deportivas y demás entidades sin ánimo de lucro.
Así pues, la actual configuración del Impuesto de Sociedades conllevará la obligación sin excepciones de realizar el Impuesto sobre Sociedades en los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2015; de esta forma la totalidad de clubes deportivos y demás entidades sin ánimo de lucro tendrán obligación de presentar el impuesto sobre sociedades, declaración en la que se deberá concretar qué cantidades ingresadas son por actividad sin ánimo de lucro (que estarán exentas del impuesto), y qué cantidades no están exentas (e integrarán la base imponible del impuesto sobre la que finalmente se pagará a Hacienda).
Lo anterior conlleva a que dichas entidades queden obligadas a una dedicación mayor a la gestión de este impuesto, llevando una contabilidad diferenciada de cada tipo de ingreso, y siempre de acuerdo a los parámetros establecidos en la normativa del Plan General de Contabilidad.
Por consiguiente, la no presentación del Impuesto de Sociedades, como se venía haciendo hasta el 31 de diciembre de 2014, conllevará una sanción económica que no eximirá de dicha obligación de presentación, pudiendo la Agencia Estatal de la Administración Tributaria imponer todo tipo de sanciones, por errores contables, errores en las declaraciones y obligaciones fiscales, así como en las de obstrucción a las autoridades de Hacienda.
De igual forma, dicha obligación conllevará la otra paralela de determinar aquellos ingresos no exentos, como sujetos a IVA, de forma general.
No obstante lo dispuesto, durante el mes de febrero de 2015 ha saltado a la palestra un mensaje de la Federación Española de Municipios y Provincias sobre que el Gobierno modificará la reforma fiscal para que las asociaciones no tengan que tributar el impuesto de sociedades, el cual, a fecha actual, no ha dicho cuándo ni cómo se llevará a cabo dicha modificación normativa ante la preocupación manifestada por asociaciones deportivas,culturales, cívicas, vecinales, etc., las cuales manejan “recursos muy limitados”.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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