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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eva Valle Casanova

Nos gustaría saber cuál es el procedimiento para federarse a una asociación extranjera establecida en Bélgica y lo que implicaría para la asociación.

03.11.05

Nos gustaría saber cuál es el procedimiento para federarse a una asociación extranjera establecida en Bélgica y lo que implica para la asociación:


  • ¿Cuál sería entonces el estatuto de la asociación?
  • ¿Dónde se puede encontrar la legislación sobre ello?
  • ¿Esta asociación podría solicitar el estatuto de ONG en la AECI ?
  • Una vez federada, ¿las actividades y el presupuesto de la asociación belga son aplicables a la española, o siguen trabajando independientemente ? (Por ejemplo, para obtener una subvención, ¿se podrían presentar las actividades realizadas por las 2 asociaciones como un proyecto común?)
Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

07.11.05

¿Cuál sería entonces el estatuto de la asociación?

El estatuto de la asociación no variaría, pues el hecho de asociarse a una federación no supone merma o cambio en su personalidad jurídica propia, adquiriendo simplemente, por el hecho de federarse, unos derechos y unas obligaciones frente a la Federación.

¿Dónde puedo encontrar legislación sobre ello?

Si la Federación se constituye en España, bajo el régimen legal español, fundamentalmente en la Ley de Asociaciones, considerando, según entiendo, que no existirá inconveniente en constituir federación con entidad extranjera, siempre que la misma se inscriba en el Registro Nacional de Asociaciones en los términos previstos en el artículo 25 de la Ley de Asociaciones.

Si la Federación se constituye en Bélgica, de acuerdo con la normativa de este país.

¿Esta Asociación podría solicitar el estatuto de ONGD en la AECI?.

Si los estatutos de vuestra asociación contemplan actividades relacionadas con la cooperación y desarrollo internacional y estas actividades se materializan en la práctica, perfectamente podéis solicitar la inscripción en el registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo internacional de la AECI, adquiriendo desde el momento de la inscripción la naturaleza de ONGD.

¿Una vez federada …?

Una vez que hubieseis constituido la federación, ésta tendrá su propia personalidad jurídica y será ella quien presente sus proyectos, con independencia de las asociaciones que la forman.

Según entiendo.

Juan González Martín-Palomino
gonzalezpalomino@icacr.com

solucionesong.org
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