Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Jaume Bellera Solà

Nuevas obligaciones fiscales y contables de las asociaciones

16.02.15

Desearía recibir información en relación a las nuevas obligaciones fiscales y contables de las asociaciones.

Gracias

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

21.02.15

Salvo mejor opinión, en tanto en cuanto no se ha producido ningún cambio legislativo en cuanto al derecho de asociación, tampoco existen NUEVAS obligaciones para dichas entidades.

No obstante, dentro de sus obligaciones habituales lo que sí ha de tenerse presente es la aprobación del PGC aplicable a las entidades sin ánimo de lucro (Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos), del PGC aplicable a las PEQUEÑAS Y MEDIANES entidades sin ánimo de lucro (Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos) y de la nueva Ley del Impuesto de Sociedades (Ley 27/2014, de 27 de noviembre).

Un atento saludo,

Adolfo T Dochado
Consultor, Auditor y Formador

avatar
#2

Opinión anónima

24.02.15

Hasta ahora, las entidades parcialmente exentas estarán obligadas a declarar la totalidad de sus rentas, exentas y no exentas.
No obstante, n*o tendrán obligación de presentar declaración *cuando cumplan los siguientes requisitos:

Que sus ingresos totales no superen 100.000 euros anuales. Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen 2.000 euros anuales. Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención

Sin embargo con la reforma operada en la Ley del Impuesto de Sociedades, para los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2015 todas las asociaciones tendrán que presentarla. Es decir que si el ejercicio natural es del 1 enero al 31 de diciembre, la primera declaración será la de 2015 a presentar entre el 1 y el 25 de Julio de 2016.

avatar
#3

Opinión anónima

24.02.15

Hasta ahora, las entidades parcialmente exentas estarán obligadas a declarar la totalidad de sus rentas, exentas y no exentas.
No obstante, n*o tendrán obligación de presentar declaración *cuando cumplan los siguientes requisitos:

Que sus ingresos totales no superen 100.000 euros anuales. Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen 2.000 euros anuales. Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención

Sin embargo con la reforma operada en la Ley del Impuesto de Sociedades, para los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2015 todas las asociaciones tendrán que presentarla. Es decir que si el ejercicio natural es del 1 enero al 31 de diciembre, la primera declaración será la de 2015 a presentar entre el 1 y el 25 de Julio de 2016.

solucionesong.org
Un proyecto de