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OBLIGATORIEDAD DE INCLUIR TODAS LAS DONACIONES EN EL MODELO 182

03.06.19

Hola,

Necesitamos aclarar la obligación de declarar en el modelo 182 por parte de la Fundación aquellas donaciones cuyos colaboradores no vayan a deducirse y, por tanto, no quieran certificado. No vemos ni en la Ley ni en ningún otro medio que clarifique esta duda.

Gracias por su ayuda.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

12.09.19

En principio no es obligatorio incluir en el modelo 182 todas las donaciones recibidas; de hecho, hay muchos casos en los que las donaciones son anónimas (por ejemplo, el “cepillo” de Misa). En el mismo sentido entiendo que si un donante no va a hacer uso de su donación a efectos del IRPF, no es necesario declararlo. Ahora bien, qué ocurre si luego cambia de idea? Pues que nos pone en un aprieto: o presentamos una declaración complementaria (en cuyo caso, en teoría, habrá sanción) o no la presentamos, en cuyo caso perderemos a ese colaborador.

Por ello, entiendo que lo más práctico, aunque no obligatorio, es declarar a todos los donantes que tengamos identificados, con independencia de que vayan o no a hacer uso de su deducción, con objeto de evitar posteriores equívocos.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

Particularmente entiendo (y es la práctica en nuestro despacho) que no

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