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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Javier Navarro Blanco

Pago del impuesto de sociedades si solo recibimos subvenciones y donaciones

17.07.10

Buenas tardes,

Estoy confeccionando el impuesto de sociedades con el programa de ayuda de la agencia tributaria. Estamos acogidos al régimen general de entidades parcialmente exentas. El resultado de la entidad ha sido positivo y teniendo en cuenta el tipo de gravamen a aplicar (25 %) nos sale un importe a pagar de 6.000 €.

Los ingresos que hemos recibidos provienen de subvenciones y donaciones por lo que supongo que están exentos de gravamen. Entiendo que no habrá que pagar los 6.000 €, ¿no?, si es así, ¿hay algún apartado del modelo 200 que deba marcar para que el resultado no salga a ingresar? No tiene ningún sentido que salga un importe a pagar cuando la asociación emplea todos los ingresos a desarrollar su actividad y tal excedente es destinado íntegramente a reservas.

Espero me resuelvan mi duda lo antes posible ya que me queda menos para presentar tal impuesto. Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Luis Cerezo Zambudio

Consultor de ONG´s. www.adelanteconsultores.com

Trabaja en:

Asesor particular

21.07.10

En primer lugar, comentarte que por el tipo de ingresos que tenéis deberías estar como total mente exentas del impuesto de sociedades. Mi consejo es que te acerques a tu oficina de Hacienda y resuelvas el tema, pues creo recordar que estos modelos no están adaptados a las ONG´s.

Un saludo,

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#2

Aportada por:

Francisco Romero

C.I.E.M.

Trabaja en:

Asesor particular

21.07.10

Sí, estais exentos. Deberíais estar declarados de utilidad pública. Sobre el I.S., debes usar las casillas 391 y 392, de la página 12, que recoge el régimen fiscal de las Entidades sin fines lucrativos Ley 49/2002. Aqui se recogen los Aumentos y Disminuciones Permanentes. El concepto es un poco lioso. En los aumentos se incluyen los gastos imputables a las operaciones exentas, es decir aquellas objeto de la propia ONG, p.e. gastos de personal, aprovisionamientos, ayudas, es decir, casi todos salvo quizá comisiones bancarias, intereses, etc. En las disminuciones debes poner los ingresos exentos : cuotas de socios, donaciones, subvenciones, etc. De este modo, la cuota te saldrá negativa.

Por último hay que presentar en Hacienda una Memoria económica en la que se recojan esos aspectos y alguno más que está detallado en la propia ley 49/2002. Te envío mi correo por si quieres ampliación fromega@gmail.com

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#3

Respuesta del participante:

Javier Navarro Blanco

22.07.10

Muchas gracias por la contestáción. Como somos entidad parcialmente exentas he rellenado la casilla 389 y 390 a las que hace mención dicho régimen. En los aumentos he puesto los gastos pero he incluido tb las comisiones bancarias. Espero no tener problemas por haber incluido dichos gastos no deducibles ya que son de excasa cuantía.
Un saludo y gracias por el servicio prestado

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