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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Gloria Geseri

Para ofrecer comida y bebida a socios, ¿Necesitamos el carnet de manipulación de alimentos?

05.11.13

Hola,

Quiero saber si podemos ofrecer comida y bebida con donación para los socios, si necesitamos tener el carnet de manipulación de los alimentos.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

06.11.13

Hola Gloria,
El carnet de manipulador de alimentos se trata de un documento acreditativo personal e intransferible de conocimientos básicos sobre higiene y seguridad alimentaria, necesario para el desempeño de labores en hostelería y en el sector alimentario, valido durante cuatro años.

¿Cual es el principal cambio que se ha llevado a cabo?

El RD 109/2010, que entró en vigor a principios de febrero de dicho año, derogo el Real Decreto 202/2000, el cual determinaba la obligación de los empresarios del sector de formar a los manipuladores de alimentos en cuestiones de higiene alimentaria mediante la obtención de un carné acreditativo y, a su vez, reservaba a las autoridades competentes la potestad de formar en materia de higiene alimentaria a determinados grupos de manipuladores.

Este “nuevo” Real Decreto recoge las obligaciones de los operadores de empresas alimentarias de garantizar “la supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria” asi como “se traslada la responsabilidad en materia de formación desde las administraciones competentes a los operadores de empresas alimentarias, que habrán de acreditar, en las visitas de control oficial, que los manipuladores de las empresas han sido debidamente formados en las labores encomendadas.”

¿Qué es lo que viene a significar?

La empresa será la encargada de formar a sus empleados, ya sea mediante el personal interno adecuado, o contratando un servicio externo.

El carnet de manipulador de alimentos deja de ser obligatorio, pero no los conocimientos sobre seguridad alimentaria necesarios, tanto por el bien de la empresa, del consumidor, como del propio manipulador.

El carnet es sustituido por un plan de formación dentro de la empresa, puesto que es el empresario el que decide que formación dar a sus trabajadores según su puesto de trabajo y responsabilidad.

Resumidamente: el empresario sera responsable de la formación de sus empleados.
Espero que con estas pinceladas te haya podido orientar
Un saludo
Teresa Ferraz

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#2

Respuesta del participante:

Gloria Geseri

06.11.13

Hola, no contestaste a la primera parte, como asociacion sin animo de lucro, podemos para recaudar dinero ofrecer bevida y comida con voluntad…......Es claro que nos otros no somos una impresa de ocio o restaurante, ayudamos a los caballos somos un ong de ayuda a los caballos contro el maltrato y abandono….quiero saber si necesito una licencia por hacerlo o como funciona gracias.

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#3

Aportada por:

Rafael Navarro Lava

Trabaja en:

Asesor particular

07.11.13

Te recomendaría obtenerlo porque el ministerio de Sanidad insiste mucho en esto,inclusive para una ONG.

En caso de no hacerlo las autoridades sanitarias podrían proceder a sancionaros.

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#4

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

07.11.13

Estimada Gloria: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, el término manipulador de alimentos alude a aquella persona que por su actividad laboral tiene contacto directo con los alimentos durante su preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, venta, suministro y servicio, no siendo dable desde el punto de vista legal su aplicación al caso expuesto, aunque comparto la opinión anterior del carácter recomendable para el sector de las entidades asociativas de tener alguno de sus miembros una formación en manipulación de alimentos para el caso de elaboración de comidas y suministro de bebidas, aunque tengan un carácter interno, es decir, para sus propios asociados.
A tal efecto, le remito en archivo pdf., un documento elaborado por el Ministerio de Sanidad y Política Social sobre formación de manipuladores de alimentos.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#5

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

08.11.13

Hola Gloria de nuevo
En relación a la consulta, te he marcado la línea normativa actual pero luego debe ser tu entidad lo que más le interesa
Saludos
Teresa Ferraz

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#6

Opinión anónima

19.11.13

Hola: pues sigo teniendo la misma duda. una asociacion sin animo de lucro, monta una actividad solo para sus socios, por ejemplo, un dia completo. estaria bien , montar una barra y ofrecer algo de comer. esto se puede hacer o no?, mas alla de del ministerio de sanidad.
saludos
Katherine

solucionesong.org
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