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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Alejandro Peña

¿Podéis ayudarme a registrar una ONGD en Catalunya?

07.05.13

Hola,

Necesito asesoramiento para registrar a mi asociación como ONGD en Catalunya. ¿Alguien puede ayudarme?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

14.05.13

Estimado Alejandro: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, si vuestra intención es que llevar a cabo la inscripción como ONGD autonómica, es decir, ante la Generalitat de Catalunya, habrá de estarse a los requisitos legales contemplados en la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo, así como por el Decreto 109/2003, de 15 de abril, por el que se regula el Registro de organización no gubernamental para el desarrollo que preve la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo.
Para el cumplimiento de los objetivos contemplados en la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, la meritada Ley previó la creación de un Registro de Organizaciones no Gubernamentales para el desarrollo que dependen del Departamento competente de la Generalitat de Catalunya, siendo la inscripción en dicho Registro un requisito indispensable para que las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo puedan solicitar de la Generalitat de Catalunya subvenciones tales como la ayuda oficial al desarrollo o ser beneficiarios de los incentivos fiscales a que se refiere el artículo 35 de la Ley 26/2001, de 31 de diciembre.
A su vez, mediante la aprobación por el Govern de Catalunya del Decreto 109/2003, de 15 de abril, el mismo tiene como objetivo establecer las bases para el funcionamiento práctico del Registro de organización no gubernamental para el desarrollo que preve la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo.
En este sentido, si vuestra intención es la de solicitar un procedimiento administrativo de inscripción como ONGD catalana, al cual me brindo en poder ayudarles altruistamente, el art. 5.2. del Decreto 109/2003, de 15 de abril, sienta que: “2. La primera inscripción, que se presentará mediante un modelo normalizado, ha de contener:
a) Nombre de la hoja informática abierta a la organización no gubernamental para el desarrollo.
b) Denominación de la organización.
c) Finalidades.
d) Ámbito territorial.
e) Patrimonio y fondos de financiación previstos en los estatutos.
f) Domicilio.
g) Nombre y apellidos de las personas promotores o fundadores, si son personas físicas, y la razón social si son personas jurídicas y, en ambos cassos, la nacionalidad y domicilio.
h) Fecha de aprobación de los estatutos.
i) Identificación de las personas que integran el órgano de gobierno.
j) Memoria de actividades de la entidad que contenga la descripción de los proyectos que desarrollará la organización no gubernamental de desarrollo.
k) Notario autorizante de la escritura constitutiva.
l) Identificación y autorización del encargado del Registro.
Igualmente, es de especial significación para la inscripción registral lo dispuesto en el artículo 30.2. de la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, el cual dispone que: “2. Las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que quieran acceder a cualquier subvención o ayuda de la Administración de la Generalidad que sea computable como ayuda oficial al desarrollo deben cumplir las siguientes condiciones:
a) Estar inscritas en el registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo o en el registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional.
b) Tener sede social o delegación y estructura permanente en Cataluña para asegurar el alcance de las respectivas finalidades estatutarias.
c) Estar al corriente de las obligaciones contraídas con la Administración de la Generalidad.”
Por último, le remito en archivo pdf., el formulario de solicitud para la inscripción en el Registro de ONGD de Catalunya.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#2

Respuesta del participante:

Alejandro Peña

15.05.13

Muchísimas gracias, Rafael por tu respuesta y generosa colaboración.

Te escribiré a tu e-mail.

Saludos

Alejandro

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#3

Respuesta del participante:

Alejandro Peña

15.05.13

Muchísimas gracias, Rafael por tu respuesta y generosa colaboración.

Te escribiré a tu e-mail.

Saludos

Alejandro

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