Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Banda de Música de Navalmoral de la Mata

¿Podéis confirmarnos si es lícita la actividad de nuestra banda?

05.12.14

Hola,
Somos una Asociación sin ánimo de lucro que formamos una Banda de Música.
Tenemos alquilado un local y en él contratamos a profesores que están dados de alta como trabajadores autónomos para que nos den clases a los músicos de la Banda y a los niños que quieren formar parte de la misma.

Cada mes, estos trabajadores nos presentan una factura por los servicios prestados.

Todos los que recibimos las clases somos SOCIOS de la asociación y pagamos una cuota que se destina ÍNTEGRAMENTE al pago de los profersores y del local.

La pregunta es si es lícito realizar esta labor y no incurrimos en competencia desleal con las Academias de Música de la localidad, ya que nos han denunciado ante el Ayuntamiento por este motivo.

Gracias

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

09.12.14

Hola,

no creo que os hayan denunciado por competencia desleal, si os han denunciado al ayuntamiento podría ser por no tener permiso para ejercer la actividad en el local, por ocasionar alguna molestia a los vecinos o por algo similar. Por competencia desleal el ayuntamiento no puede hacer nada.

Saludos,

avatar
#2

Aportada por:

Elena Carrasco García

Trabaja en:

Asesor particular

16.12.14

Hola, totalmente de acuerdo con la respuesta anterior. El Ayuntamiento no tiene esa competencia entre sus funciones. Lo que sí pueden haber hecho es que no estéis correctamente dados de alta en la actividad a que se dedica la entidad en el ámbito municipal. Deberíais comprobarlo por si se necesita en el municipio en el que estéis licencia de apertura, si tenéis que tener el local con unas condiciones concretas de insonorización para no molestar a los vecinos, etc.
El resto de los requisitos formales relacionados con la actividad deberán ser realizados ante Hacienda, (CIF, obligaciones fiscales periódicas si la actividad en la que estéis dados de alta las conlleva, por ejemplo si tenéis que realizar retenciones a los profesores autónomos a cuenta de su IRPF, etc.)

Un saludo,

solucionesong.org
Un proyecto de