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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Arturo Rodriguez

¿Podéis facilitarnos un modelo de memoria económica para poder presentarlo a Hacienda y solicitar acogernos a la Ley 49/2002?

05.06.14

Hola,

Muy buenos tardes, somos una ONG pequeña que en 2013 nos hemos acogido a la ley 49/2002 para que las aportaciones de los socios tuvieran una deducción en su declaración de la renta.

En enero presentamos en la Agencia Tributaria el mod 182, ahora debemos presentar la memoria económica.

¿Nos podeis proporcionar un modelo de memoria económica? Para aplicar nuestra situacion y presentarlo en la A.T.

Nuestro balance ecoóomico es muy simple, ingresos (exclusivamente cuotas de los socios y donativos por un valor no mayor de 12000€) y las salidas son proyectos con la contraparte en Ayacucho por ese mismo valor. Otros gastos son material de oficina, gestión bancaria, que supone un % muy bajo en el balance.

Agradeceríamos un ayuda en el sentido que hemos indicado, ¿sabéis si el plazo de presentación de la memoria económica termina a finales de Julio?

Gracias por adelantado, un saludo desde Mérida- Badajoz

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

06.06.14

El contenido de la memoria económica a presentar en Hacienda está perfectamente delimitado, y os puede servir de guía, en el artículo 3 del REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DELGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS Y DE LOS INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO.

Por otro lado, tened en cuenta que si vuestros ingresos no superan 20.000 euros anuales, circunstancia que parece ocurrir en vuestro caso, no tenéis obligación de presentar la memoria.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

06.06.14

Hola Arturo,
Tal y como dice el compañero Juan, el modelo está delimitado
Os adjunto el Boe. Id a la página 46148 del mismo
https://www.boe.es/boe/dias/2013/04/09/pdfs/BOE-A-2013-3736.pdf
Un saludo
Teresa Ferraz

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#3

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

08.06.14

Hola Arturo
Te adjunto un ejemplo
Espero que puedas tomar ideas
Un saludo
Teresa Ferraz

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#4

Respuesta del participante:

Arturo Rodriguez

08.06.14

Muchas gracias a todos por vuestras respuestas, de cada una he aprendido algo.
No obstante la que buscaba es la Teresa Ferraz.
Nuestras cuentas son muy sencillas, un cuadro a la derecha ingresos y a la izquierda gastos,en el que incluimos proyectos . No hay inmovilizado, ni deudas, ni actividad economica, este año ni ayudas. El cuadro no tiene mas que 5-6 lineas o partidas. El total de ingreso( socios mas donaciones) es unos 20000€.
¿es obligatorio presentar las cuentas segun el plan contable para ong? ¿ al ser inferior a los 20.000€ estamos dispensados? pero me supongo que habra que acompañar un escrito alegandolo.

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#5

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

09.06.14

hola Arturo de nuevo,
Todas las asociaciones, sean o no de utilidad publica, deberán aprobar en asamblea general las cuentas anuales de cada ejercicio (balance de situación, cuenta de resultados y memoria…). Las asociaciones de utilidad pública además, deben presentarlas en el Registro de Asociaciones; por el contrario, las que no están declaradas de utilidad pública no pueden, presentarlas en ningún registro, ni en el de Asociacones y en el Registro Mercantil no cabe el depósito de las cuentas anuales de las asociaciones.
Un saludo
Teresa Ferraz

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#6

Respuesta del participante:

Arturo Rodriguez

10.06.14

Muchas gracias de nuevo Teresa, quiza no me explique bien la vez anterior.Anualmente rendimos cuantas a los socios y estas van firmadas por la junta directiva. Ademas comunicamos los cambio, en la junta, al Registro de Asociaciones, pero solo los cambios nunca las cuentas.¿Hay que llevar las cuentas al registro de asociaciones?
Otro saludo

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#7

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

10.06.14

Hola Arturo
La Memoria tienen que elaborarla todas las entidades acogidas al régimen fiscal de la
Ley 49 pero sólo tienen la obligación de presentarla las entidades que:
• Superen los 20.000 € en su volumen total de ingresos
• Tengan participaciones en sociedades mercantiles.
La Memoria se presentará ante la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación
de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria del domicilio fiscal de la entidad o en
la Delegación Regional de Inspección u Oficina Nacional de Inspección, dentro del plazo
de siete meses desde la fecha de cierre del ejercicio.

Te adjunto guia fiscal para entidades no lucrativas que te puede ser de utilidad
http://www.dincat.cat/gu%C3%ADa-del-r%C3%A9gimen-fiscal-de-entidades-sin-fines-lucrativos-y-de-los-incentivos-fiscales-al-mecenazgo_33776
un cordial saludo
Teresa Ferraz

solucionesong.org
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