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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carlos Nicolás Martínez

¿Podéis indicarnos si estamos haciendo correctamente los movimientos en la cuenta 120?

29.06.18

Hola,

Somos una fundación. No entiendo muy cuál debe ser el movimiento de la cuenta 120 en nuestro caso.

En 2017 tuvimos un beneficio de 9.219,19 euros, y lo he aplicado de la siguiente manera:

(D) 129 — 9.219,19
a —-
(H) 113 (reservas voluntarias 30% del beneficio) — 2.765,76
(H) 120 (remanente 70% del beneficio) — 6.453,43

La intención es aplicar el remanente a los fines fundacionales durante 2018. ¿Cómo sería la operatoria contable para ir aplicando los 6.453,43 durante todo el año, dejando la cuenta 120 con saldo cero? Quiero ir aplicando el remanente a las compras asociadas a los fines fundacionales hasta cubrir todo el importe del remanente.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Fran Virues Avila

FRAN VIRUES AVILA

Trabaja en:

Asesor particular

31.07.18

Hola,

En Fundaciones y ESFL el Remanente está más limitado su aplicación.
En ningún caso para el funcionamiento operativo o de gestión diaria de la Fundación como indicas.
También indicar que deberá aprobarse la aplicación del Resultado del ejercicio en Asamblea Ordinaria tras la aprobación de las Cuentas Anuales.
Fíjese en los Estatutos si hubiera que aplicar alguna otra Reserva (Reserva estatutaria, ..etc)
La contrapartida más habitual , y como refleja el Plan de Contabilidad, son las del grupo 11 (Reservas).

Espero haber ayudado, no dude en preguntarme si no quedara claro,

Saludos,

Fran Virues

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#2

Respuesta del participante:

Carlos Nicolás Martínez

31.07.18

Hola,

Si como dice el Plan, la contrapartida habitual es el subgrupo 11 de reservas, ¿entonces no quedarían esos recursos en la misma situación que en la cuenta 120, secuestrados en los fondos propios sin posibilidad de salida?

La fundación está obligada a destinar a las actividades el 70% de su beneficio en un máximo de 4 años tras su obtención. Si esos recursos necesariamente han de emplearse, entonces no entiendo por qué la única opción que da el plan es llevarlo al subgrupo 11.

Pongamos por ejemplo que, a final de año, la fundación ha gastado recursos por un total de 5.000 euros y el remanente es de 10.000 euros. ¿No habría posibilidad de regularizar y utilizar 5.000 euros del remanente, aplicándolo a las actividades fundacionales, previo acuerdo de la Asamblea? De esta manera ya se habría cumplido con la mitad del objetivo obligatorio de emplear el remanente en las actividades fundacionales.

Lo que no entiendo es cómo debería ser esa regularización.

Muchas gracias por su respuesta.

Saludos.

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