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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Veronica Polegre

¿Podemos cobrar por los servicios que hace nuestra ONG? ¿Cómo se facturan?

13.11.12

Hola,

Nos gustaría saber si siendo una asociación, podemos cobrar por servicios que haga la ONG y cómo se pueden facturar.

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

13.11.12

¿Puedes explicarlo un poco más?
En primer lugar deberías daros de alta en IAE, a partir de ahí podeis hacer facturas repercutiendo el IVA y liquidarlo trimestralmente, sumando el IVA que habeis cobrado y restando el que habeis pagado. En Enero se presenta un resumen mensual.
Hay más obligaciones contables y fiscales, pero eso ya es más otro tema.

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

13.11.12

Una entidad sin ánimo de lucro puede realizar actividades económicas y cobrar por ellas siempre que guarden relación con su objeto social y se reinvierta en los fines sociales el posible beneficio.

El desarrollo de estas actividades tendrá distintas implicaciones fiscales, principalmente en el IVA y en el Impuesto sobre Sociedades.

En el IVA, salvo supuestos de exención, deberá reperciturse el impuesto mediante la correspondiente factura y cumplir con las obligaciones inherentes a este impuesto: presentar declaraciones periódicas y resumen anual y llevanza de los libros registro de facturas emitidas y facturas recibidas.

En el Impuesto sobre Sociedades, el posible beneficio deberá someterese a tributación sin posibilidad de exención, salvo que la entidad esté acogida a la Ley 49/2002 (principalmente para fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública).

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

solucionesong.org
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