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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Andrés Astorga Medrano

¿Podemos desgravarnos en la Renta de 2013 las donaciones y cuotas de socios?

17.05.12

El 16/12/2011 se resolvió favorablemente la inscripción de nuestra ONGD AIKOVESE (Quiero Vivir) en el registro de Organizaciones de la AECID.

El 27/01/2012 presentamos en la Agencia tributaria el Modelo 036 para acogernos a la opción/renuncia Régimen Fiscal especial Titulo II Ley 49/2002, solicitando la exención parcial (art. 9.2 txt o refundido Ley IS).

La pregunta es: ¿podemos en la declaración de la renta de 2012 (en el año 2013), desgravar sin más fiscalmente por las donaciones recibidas y cuotas de socios o debemos hacer otro trámite en hacienda antes de desgravar?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

22.05.12

Hola Andrés

Para que os podáis desgravar debéis tener la resolución de la Agencia Tributaria por la que os acogéis a la ley 49/2002.

Una ver recibida la confirmación, en el mes de enero presentaréis en hacienda el modelo 182 con la relación de socios y donantes y sus importes.

Creo entender que si os acogéis en 2012 empezaréis a aplicar en 2013, con lo que serán deducibles en renta a presentar en 2014.

Saludos, Eva

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#2

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

22.05.12

Las Asociaciones no hacen Declaración de la Renta, hacen Impuesto de Sociedades.
Si estais declarados de utilidad pública, sí que los donantes y los socios pueden desgravarse en la Declaración de Renta, en tanto que personas físicas, de las cantidades aportadas, previa emisión de certificado y presentación en Hacienda del Modelo 182, en Enero del ejeercicio siguiente, de una relación nominal y con los importes. Esto es a efectos de incluirlo en los datos fiscales y en el borrador que envía.

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#3

Respuesta del participante:

Andrés Astorga Medrano

07.06.12

Respecto a la pregunté que formulé y según la respuesta recibida, me dirigí a la Agencia Tributaria de Jerez para recabar la Resolución correspondiente al Modelo 036 que les entregué para acogernnos a la opción Régimen Especial Titulo II Ley 49/2002.

Nos dijeron en la Agencia Tributaria que no emitían Resolución, que todo estaba en regla y que en 2013 presentara el modelo 182 y las comunicaciones de desgravación a socios y donantes. Todo de palabra. Nada por escrito.

Consultamos a una ONGD de Jerez que hacían ya desgravaciones y les pregunté si ellos recibieron la resolución. Me dijeron que no, y que al año siguiente comenzaron a realizar el modelo 182. Llevan 3 años y Hacienda no les ha dicho nada

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