Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Jesusa Martinez Gomez

¿Podemos poner a plazo fijo un dinero recaudado? ¿supone algún problema fiscal?

19.02.12

Desde hace un año, nuestra asociación esta recaudando fondos para investigación, pero como solo se utilizaran a partir de 2014, queremos ponerlos a plazo fijo para que rindan un poco.

¿Puede esto representar algún problema fiscal?
Nuestra asociación no tiene utilidad pública, no tiene asalariados, estos fondos son de venta de loteria, rifas donaciones y los intereses serían para el mismo fin.

Gracias

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

21.02.12

Buenos días Jesusa,

No hay ningún problema en que hagáis una inversión de ese dinero hasta que lo utilicéis en el proyecto asignado.

En fundaciones, las inversiones se basan en los siguientes puntos:

• Se han establecido sistemas de selección y gestión proporcionados al volumen y naturaleza de las inversiones financieras temporales realizadas.
• Las personas que han realizado las inversiones cuentan con los suficientes conocimientos técnicos y ofrecen suficientes garantías de competencia profesional e independencia.
• Se ha valorado la seguridad, liquidez y rentabilidad de las distintas posibilidades de inversión, vigilando el equilibrio entre estos tres principios, atendiendo a las condiciones del mercado en el momento de la contratación.
• Se han diversificado los riesgos, y al objeto de preservar la liquidez de las inversiones, se han efectuado las inversiones temporales en valores o instrumentos financieros negociados en mercados secundarios oficiales.
• No se han realizado operaciones que respondan un uso meramente especulativo de los recursos financieros, en especial la venta de valores tomados en préstamo al efecto, las operaciones intradía y las operaciones en mercados de futuros y opciones.

Saludos,

Mariano Romero
info@cuadre-dyg.org

avatar
#2

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

21.02.12

Como te dice Mariano, no hay problema siempre que se haga correctamente. Imagino que tendreis claro el tipo de producto a utilizar, si me permites una sugerencia, yo acudiría a un plazo fijo sencillo donde te expliquen bien el tipo de interés y te cuenten qué sucede en caso de cancelación anticipada, otra opción es la Deuda Pública, tipo Letras del Tesoro, pero ahora la rentabilidad ha bajado bastante y los bancos cobran comisión por sus gestiones.

avatar
#3

Respuesta del participante:

Jesusa Martinez Gomez

21.02.12

Gracias , seria un plazo fijo de una entidad bancaria , a plazo de 1 año y con una penalizacion de intereses por trimestre . O sea lo mas seguro posible . Pero que nos abonen algo pues en una cuenta n normal los intereses son casi nulos .
Gracias a los dos por aclarar esta duda
Jesusa

avatar
#4

Aportada por:

Concha Montoya Oliver

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

21.02.12

Si lo que decidís es un depósito bancario, que sea estrictamente eso, que no os vendan obligaciones subordinadas o títulos de ese tipo.
Pensad en la posibilidad de suscribir Letras del Tesoro que en este momento es el título más seguro que hay. Lo podeis hacer por Internet o suscribirlas en la Sucursal del Banco de España en Barcelona. De este modo os evitais las comisiones que os cobrarían en un banco o caja de ahorros. Las letras que os interesarían serían a seis meses.
Un abrazo
Concha Montoya

solucionesong.org
Un proyecto de