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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Adriana Pérez

¿Podemos tener una asociación para publicar y vender el material de otras personas?

31.03.17

Hola,

Estamos pensando en crear una editorial pero analizando el proyecto nos hemos dado cuenta que será una cosa muy pequeñita, sin apenas beneficios, aunque esperamos que por lo menos nos de para cubrir los gastos de producción.

La idea es, por amor al arte, poder publicar (en formato libro, cd, vinilo, etc. y con temática diversa: poesía, ensayo, arte, etc.) el material propio o de otras personas interesadas y que no encuentren cabida en otros canales para sacar a la luz sus obras. Nos encargaríamos nosotros mismos de gestionar todo el proceso de producción, distribución, publicidad e incluso venta (a través de una web con tienda online), etc.

No sabemos si a título personal (y sin apenas capital inicial) podríamos crear una editorial de estas características pero pensamos que podríamos constituirnos como asociación para tal motivo, entonces se nos plantean una serie de dudas:
¿Puede una asociación ser editorial? Cómo: habrá que darla de alta en las actividades económicas y hacer las declaraciones… ¿cuales serían los requisitos fiscales?
¿Cómo resolveríamos el hecho de publicar a terceros, tendran que ser socios o no es necesario?
¿Tendríamos que hacer un contrato -
(como lo hacen las editoriales profesionales) con los autores aun siendo socios?
¿Seríamos nosotros, como asociación, los que tendríamos que registrar el trabajo de los autores (cumpliendo con la ley de propiedad intelectual) en las entidades pertinentes o deberían encargarse ellos?
Además del depósito legal ¿es realmente necesario el ISBN para todas las publicaciones?
¿Cómo resolveríamos legalmente que el autor (socio o no) se llevase un porcentaje de la venta?

Esto para empezar, seguro que hay más cuestiones que ahora no se nos ocurren pero os agradecemos por adelantado cualquier respuesta o comentario!

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

03.04.17

Adriana,

Una asociación puede hacer la actividad que nos explicas. Necesitas lo mismo que si la actividad la hiciera una persona física o una sociedad mercantil.

La asociación tiene personalidad jurídica independiente de los socios, las relaciones entre asociación y socios os las tenéis que plantear como si no fueran completamente independientes.

Saludos,

solucionesong.org
Un proyecto de