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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eduardo Clemente Rasines del Río

Posibilidad de venta de árboles y tratamiento fiscal de donativos

30.11.20

Hola,

Les escribo como presidente de la Asociación Cultural Bosques de Cantabria agradeciendo su ofrecimiento de asesoramiento y haciendo uso de esta oportunidad que nos brindan.
Son dos las consultas que nos gustaría formular, pero antes les daré algún detalle sobre nuestra Asociación que quizás sea necesario que conozcan para responder a nuestras preguntas.
Bosques de Cantabria es una asociación de ámbito regional que, aunque cumple todos los requisitos para obtener el reconocimiento como entidad de utilidad pública, todavía no hemos tramitado la solicitud para ello.
Nuestra actividad se centra principalmente en la organización de actividades de educación y voluntariado ambiental, así como algunos estudios técnicos (por ejemplo, inventarios de vegetación) y proyectos de reforestación y de recuperación de áreas degradadas.
Para el desarrollo de algunas de estas actividades, utilizamos árboles autóctonos que cultivamos en un pequeño vivero forestal que gestionamos desde hace más de 20 años.
Nuestra financiación proviene, además de las cuotas de los socios, de subvenciones públicas o de trabajos que realizamos, principalmente para ayuntamientos.
Estas son las preguntas:
1) Puesto que tenemos excedente de árboles en nuestro vivero, hemos pensado en vender algunos ejemplares para ayudar a financiar los gastos de mantenimiento del vivero, pero tenemos la duda de si hay algún impedimento legal para que podamos hacer estas ventas y, en su caso, emitir facturas por la venta de los árboles.
2) En ocasiones, recibimos donativos de algunos socios o simpatizantes ¿Este dinero está sometido a algún tratamiento fiscal? ¿Hay que declararlo como ingreso? Si es así, en qué tipo de declaración.

Muchas gracias por su atención.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

30.11.20

Buenas tardes.
Las asociaciones puede ejercer todo tipo de actividades empresariales, lo que ocurre es que al ejercerlas Hacienda les trata como a cualquier otro particular o empresa.
Aclarado lo anterior, SI PUEDEN VENDER ARBOLES. Harán factura al comprador, le repercutirán IVA y deberán presentar liquidaciones de IVA cada tres meses en Hacienda, algo que presumo ya hacen por prestarle servicios retribuidos a los ayuntamientos.
Además de lo anterior realizar ventas, les obliga a presentar Impuesto de Sociedades, y estando obligados a este impuesto, están obligados a llevar una contabilidad formal, ajustada al plan de contabilidad para asociaciones.
Los donativos que reciban, al no estar declarada de utilidad pública su asociación, no dan derecho a deducción por el donante. En principio no hay que declarar nada específico sobre ellos, salvo que deberán incluirlos en la contabilidad general de la Asociación.
Por otro lado tienen obligación de identificar a cualquier persona que le entregue un donativo superior a 100 €. y llevar un control exhaustivo de estos ingresos.
Le adjunto un documento sobre las obligaciones que derivan de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, normativa bastante exigente para las ONGs.
Saludos.

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#2

Aportada por:

Ramón Perez-Lucena

Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com

Trabaja en:

Asesor particular

01.12.20

Hola, Eduardo, pienso que si el nivel de actividad va creciendo y ya con la forma jurídica de Asociación estáis pagando impuestos ha llegado el momento de tomar decisiones: o bien adquirir la utilidad pública o bien constituir una fundación.

Por otro lado también sería bueno analizar si vuestro traje jurídico es el correcto pues mientras una asociación es la reunión de socios para hacer algo con el espíritu democrático en las decisiones, una fundación es un patrimonio, un proyecto con una finalidad de interés general sin socios ni partícipes, sino con un patronato que vigila que se cumplan los fines.

Y las diferencias fiscales, de imagen y tratamiento son indudables.

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#3

Aportada por:

Elena SF

addressing issues

Trabaja en:

Asesor particular

01.12.20

Hola,

Escribo porque he encontrado esta iniciativa en internet y me ha parecido muy buena.

TREEDOM

Es una iniciativa italiana pero plantan árboles en todo el mundo y veo que España no está incluída en los países donde trabajan, quizás podríais contactar y colaborar para así quizás dar salida al excedente de árboles.
Un saludo,

solucionesong.org
Un proyecto de