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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Isabel Mínguez

Prevención de riesgos laborales

22.04.20

Buenas tardes,
Tenemos una persona contratada a media jornada que trabaja desde casa y desconocemos por completo el tema de cómo gestionar la protección de riesgos laborales, ¿nos podrían asesorar sobre alguna empresa que se encargue de esto a un precio no demasiado elevado? O incluso, ¿sería posible que lo hiciéramos nosotros? ¿qué necesitaríamos tener para que estuviera todo en regla?
Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

22.04.20

Hola Isabel:
Quedate tranquila, la obligacion de los riestos laborales es siempre del empresario pero en casos de fuerza mayor el gobierno ha establecido excepciones y es que la evaluacion de riesgos de los trabajadores que antes del RD 8/2020 no trabajasen mediante esta modalidad, la tendrán que hacer ellos mismos
NOVEDAD SITUACIÓN CORONAVIRUS COVID-19:

Con el objetivo de facilitar el ejercicio de la modalidad de trabajo a distancia en aquellos sectores, empresas o puestos de trabajo en las que no estuviera prevista hasta el momento, mediante el art. 5 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, se exime a las empresas de la obligación de efectuar una evaluación de riesgos del puesto de la persona teletrabajadora, en los términos previstos en el art. 16 LPRL, y, con carácter excepcional, será suficiente una autoevaluación realizada voluntariamente por la propia persona trabajadora.

El citado Real-Decreto-ley entró en vigor el pasado (18/03/2020) y las medidas en materia de PRL contenidas en el mismo permanecerán vigentes durante el plazo de un mes, sin perjuicio de una posible prórroga de la situación.

A modo orientativo, la lista de auto-comprobación para que las personas trabajadoras puedan valorar si sus condiciones de teletrabajo son adecuadas de forma excepcional sería:

1. ¿Dispone de un sitio de trabajo que permita la ubicación adecuada del equipo informático junto con documentos y otros accesorios?
2. ¿La distancia entre su visión y la pantalla es superior a 40 centímetros?
3. ¿El ángulo de visión coincide con la parte superior de la pantalla de su ordenador?
4. ¿Tiene espacio suficiente para colocar los antebrazos delante del teclado?
5. ¿Tiene espacio suficiente bajo la mesa para permitir el movimiento de piernas?
6. ¿Dispone de espacio suficiente, para los equipos precisos y la documentación necesarias en el desarrollo de teletrabajo?
7. ¿La silla que utiliza para trabajar tiene cinco ruedas?
8. La silla, ¿Se puede regular en altura?
9. El respaldo de la silla ¿Es regulable en altura?
10. Alguna luz o ventana, ¿Puede provocar reflejos indirectos en la pantalla?
11. Dispone de suficiente iluminación en el espacio de teletrabajo?
12. El cableado eléctrico y/o la instalación telefónica, ¿Queda en medio de las zonas de paso?
13. ¿Utiliza “ladrones” para conectar los aparatos eléctricos?
14. ¿Desconecta los aparatos eléctricos cuando no los está utilizando?
15. Cuando trabaja delante de la pantalla del ordenador, ¿Hace pausas periódicamente? (10 minutos cada hora).
16. ¿Dispone de un extintor accesible en el entorno del teletrabajo?
17. Observaciones en materia de prevención de riesgos laborales a realizar por la persona solicitante (donde cada persona trabajadora describiría cualquier incidencia).

Tambien te incluyo una guia del instituto de seguridad y salud en el trabajo que espero que te aporte ideas
No hace falta que os gasteis dinero en esto
Un saludo
Teresa Ferraz

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#2

Excelente

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

22.04.20

Me parece que la guia no ha subido
Lo intento de nuevo

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#3

Excelente

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

22.04.20

Hola Isabel
Te paso el enlace porque no puedo subir el archivo
https://www.insst.es/documents/94886/693030/Prevenci%C3%B3n+de+riesgos+laborales+vs.COVID-19-+Compendio+no+exhaustivo+de+fuentes+de+informaci%C3%B3n/4098124f-5324-43a6-8881-0bbd4e358de7
Espero que la puedas visualizar
Teresa Ferraz

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#4

Excelente

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

22.04.20

Isabel
Comentame si es una persona que trabaja desde casa como consecuencia del Covid o que ya venía trabajando anteriormente
Gracias
Teresa

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#5

Respuesta del participante:

Isabel Mínguez

23.04.20

Hola Teresa,

Muchas gracias por tus respuestas.

Efectivamente se trata de una persona que ya venía trabajando desde casa anteriormente. Es decir, normalmente trabaja desde casa.

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#6

Excelente

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

23.04.20

Hola Isabel
Teneis alguna Mutua en vuestra Entidad? Supongo que si. Ella os puede orientar. De todas formas desconozco las caracteristicas de vuestra empresa. Si es pequeña y de poco riesgo valdría con que uno de vosotros tengáis el Certificado de Nivel Basico de Riesgos Laborales y con ello podríais vosotros como entidad realizar la evaluacion de riesgos de esa persona.
Ahora mismo dadas las circunstancias, invitaría al empleado que trabaja desde casa que evalue con el material que te he mandado los riesgos más importantes
Por lo menos si tuvieseis una inspección de Trabajo podríais mostrar que teneis hecho algo y evitar sanción.
Como te digo no se que tipo de Entidad sois, los riesgos que teneis, si sois muchos empleados, si ya contais con una evaluación de riesgos hecha en vuestra sede…
Pero en todo caso deberíais tener un Plan de Prevención de Riesgos Laborales en vuestra empresa. segun la ley 31/1995
Espero haberte ayudado
Cualquier cosa me preguntas
Teresa Ferraz

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#7

Respuesta del participante:

Isabel Mínguez

27.04.20

Es una ONG muy pequeña, solo tenemos una persona contratada desde hace un mes que trabaja desde su casa de lunes a viernes a media jornada, ¿sabes cuál es el precio aproximado del servicio?

Muchas gracias

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#8

Excelente

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

28.04.20

Hola Isabel
Podéis hacer uso de una herramienta gratuita para empresas de manos de 10 trabajadores
https://www.prevencion10.es/p10_front/buscar#page-top
Sacaos el curso de nivel básico Merece la pena
Un saludo
Teresa Ferraz

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#9

Excelente

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

28.04.20

La web es https://www.prevencion10.es/p10_front/login
Si necesitas ayuda no dudes en consultarme
Teresa Ferraz

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#10

Respuesta del participante:

Isabel Mínguez

07.05.20

Muchas gracias por toda la información Teresa, nos ha sido de gran ayuda

solucionesong.org
Un proyecto de