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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Fátima Díaz Glez

¿Puede un trabajador nuestro hacer actividades donde informe sobre el trabajo que se hace en nuestra asociación, sin contar con nuestra autorización?

16.10.06

Tenemos una trabajadora que, sin pedir permiso y sin avisar, nos hemos encontrado que va a participar en un curso de formación a profesorado y no sabemos que información va a dar.

Nuestras dudas al respecto son las siguientes:

  • ¿Puede realizar esta actividad sin avisar ni pedir permiso a la asociación, aunque sea fuera de su horario laboral?
  • Como el contenido tiene que ver con la actividad que desarrolla la asociación ¿debería informarnos sobre el contenido que va a impartir?
  • Si esos contenidos no están de acuerdo con las líneas de trabajo de la asociación ¿se la puede pedir que los cambie o que no participe en la actividad?

  • Por último, ¿alguna de estas situaciones serían motivo de sanción?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

16.10.06

nO ME PARECE ETICO INFORMAR SOBRE ACTS, PROYECTOS SIN QUE LA ORGANIZACION AUTORIZE.
ME EXTRAÑA COMO PROFESIONAL QUE TOME TAL ACTITUD AL PERTENECER A UNA ASOCIACION SABE MUY BIEN QUE LA MISMA DEBE ESTAR INFORMADA SOBRE EL CONTENIDO A TRSMITIR.

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#2

Muy buena

Aportada por:

Ismael Peña López

Fundador de UOC Cooperación.Actualmente, profesor de Políticas Públicas para el Desarrollo en UOC

Trabaja en:

Asesor particular

17.10.06

Hola Fátima,

Lo que pueda hacer vuestra trabajadora fuera de su horario laboral lo determina la existencia de una cláusula de exclusividad en el contrato que tenéis firmado. Entiendo que, si no existe dicha cláusula, la trabajadora es libre de tener otras ocupaciones laborales, en el mismo campo profesional o en otro distinto.

En la misma línea respecto al contenido: si hay cláusula de confidencialidad o no. De todas formas, si esta persona va a dar unos contenidos generales o de dominio público (es decir, no un procedimiento exclusivo desarrollado por Aspanpal), y si lo va a hacer en su propio nombre (y no utilizando su afiliación a Aspanpal como reclamo/firma), no veo que tenga que haber ningún problema.

Dicho de otro modo: si el contenido “tiene que ver con la actividad que desarrolla la asociación” pero NO PERTENECE a la asociación, y si no tiene firmada una cláusula de exclusividad, esta persona puede hacer la formación sin informar y, por supuesto, sin autorización de la asociación.

Lo que sí se le puede exigir es que, en esta actividad, desvincule su persona de la “imagen” de la asociación, quedando claro que lo hace a título personal y que las opiniones que muestre no tienen porqué ser las de la asociación.

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#3

Opinión anónima

17.10.06

Hola Fátima,

Como te indica perfectamente Ismael Peña, si la trabajadora no ha firmado una cláusula de exclusividad con la asociación sí puede realizar la actividad de formación sin informar a la asociación. Aunque lo ético sería hacerlo.

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#4

Opinión anónima

17.10.06

Hola Fátima,

La clave está en la relación contractual que una a esa profesional con vuestra entidad. Si no existe en su contrato una cláusula que le impida desarrollar otra actividad fuera de vuestra asociación o similar, entiendo que no podéis impedirle que lo haga.

Mi recomendación estaría en la línea de hablar con ella y hacerle ver, acentuando la perspectiva ética, que debería renunciar a su participación.

Saludos.

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#5

Opinión anónima

18.10.06

Bueno Si en el contrato de prestación de servicios no se explica claramente que EL TRABAJADOR NO PUEDE DIVULGAR O INFORMAR SOBRE EL TRABAJO DE LA ASOCIACIÓN entonces el si puede realizar actividades donde informe sobre el trabajo que se hace en la asociación.

Un cordial Saludo

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#6

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

19.10.06

Fátima, tal como dicen mis compañeros, salvo que exista alguna traba legal en su contrato, la trabajadora puede realizar las actividades que crea convenientes para su formación, fuera de su horario laboral. Las actividades de vuestra entidad son de público conocimiento y no podéis impedir que las divulgue, otra cosa es que aporte datos de los beneficiarios y pacientes que pueden considerarse confidenciales. O bien que divulgue información delicada o fuera de contexto que, de alguna manera, pueda comprometeros.

Como apunta Rosa Guillen, lo ético y lo natural sería que esta trabajadora os comunicara esta actividad, puesto que, en principio, añadirá valor a su trabajo. Por lo que deduzco algún tipo de problema o divergencia de criterio en vuestra relación con ella. Será un tema que tendréis que abordar con mucho tacto, dejando bien claro hasta qué punto puede facilitar datos de vuestra organización (legalmente) y haciéndole ver las consecuencias éticas y morales de su proceder.

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