Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

¿Puedo crear una entidad que tenga la forma jurídica de ONG de desarrollo?

04.06.13

Hola,

Me gustaría saber si puedo crear una ONG de desarrollo como tal o solo puede ser asociación o en su defecto fundación.

Muchas gracias y un saludo
Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

04.06.13

Aunque el concepto ONG de desarrollo podemos decir que es un concepto jurídicamente indeterminado, las ONGD son asociaciones o fundaciones (entiendo que caben otras fórmulas jurídicas) que tienen por objeto social la cooperación internacional y que se inscriben en el registro de la AECI.

Si este fuera el objeto de vuestra entidad, perfectamente podría considerarse ONGD.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

avatar
#2

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

04.06.13

En relación con la consulta planteada, paso a infomar lo siguiente: si vuestra intención es la de constituir una Organización no Gubernamental para el Desarrollo –ONGD-, como complementario a lo que os traslada mi compañero Juan, cabe añadir que la misma está regulada por lo dispuesto en el art. 32 y ss. de la Ley 23/1988, de 7 de julio, de Cooperación Internacional al Desarrollo, a cuyo tenor:
Artículo 32. Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo.
A los efectos de la presente Ley se consideran organizaciones no gubernamentales de desarrollo aquellas entidades de Derecho privado, legalmente constituidas y sin fines de lucro, que tengan entre sus fines o como objeto expreso, según sus propios Estatutos, la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación internacional para el desarrollo.
Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo habrán de gozar de plena capacidad jurídica y de obrar, y deberán disponer de una estructura susceptible de garantizar suficientemente el cumplimiento de sus objetivos.
Artículo 33. Registro de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo.
1. Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo anterior podrán inscribirse en un Registro abierto en la Agencia Española de Cooperación Internacional, que será regulado por vía reglamentaria o en los registros que con idéntica finalidad puedan crearse en las Comunidades Autónomas.
Se articularán los correspondientes procedimientos de colaboración entre la Agencia Española de Cooperación Internacional y las Comunidades Autónomas a fin de asegurar la comunicación y homologación de los datos registrales.
2. La inscripción en alguno de dichos Registros constituye una condición indispensable para recibir de las Administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, ayudas o subvenciones computables como ayuda oficial al desarrollo. Dicha inscripción será también necesaria para que las organizaciones no gubernamentales de desarrollo puedan acceder a los incentivos fiscales a que se refiere el artículo 35.
3. El Registro de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo tiene carácter público, en los términos regulados por el artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Por consiguiente, desde el punto de vista del derecho formal, si cumple vuestra ONG en constitución cumple los requisitos referidos, especialmente, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley meritada, vuestra entidad será considerada como ONGD.
A tal efecto, os remito en archivo pdf. los estatutos de una entidad asociativa que tiene la consideración de ONGD.
Cordialmente,
Rafael Pérez Castillo
rperezcastillo@gmail.com

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

avatar
#3

Opinión anónima

13.06.13

Muchas gracias por las respuestas!!

solucionesong.org
Un proyecto de