Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Magdalena Barcelo

¿Qué consecuencias puede tener la fusión para nuestra asociación?

24.10.12

Hola,

En relación con la consulta planteada anteriormente ¿Qué consecuencias puede tener la fusión de nuestra asociación con una residencia?

Nuestra asociación, que está declarada de utilidad pública, tiene cedida de forma gratuita una parte de las instalaciones donde se construyó una residencia. Los miembros de la junta directiva quieren fusionar las dos empresas y me gustaría conocer las repercusiones que tendríamos. Si, por ejemplo, perderíamos la utilidad pública, nos veríamos afectados por los conciertos y subvenciones, etc

Muchas gracias

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Consultor General

Consultor General, estratégico. Especialista en ONG, Asociaciones, Utilidad Pública, Fundaciones

Trabaja en:

Asesor particular

25.10.12

*Entiendo que la Entidad más antigua es la Asociación declarada de utilidad pública.
Esta Asocación cede parte de su inmovilizado a una Asociación para instalar una residencia.
SIn más datos, al parecer, la asociación que regenta la residencia, solo tiene esa finalidad, mientras que la Asociación de utilidad pública, tiene más actividades.
En mi opinión, habría que estudiar el caso y proponer una integración de las dos Asociaciones, pero mediante una Fusión por Absorción.
Es decir, la Asociación declarada de utilidad pública, mantiene su personalidad jurídica, sin perder nada, ni conciertos, ni subvenciones, nada de nada.
Mientras que la Asociaciòn que regenta la residencia, forma parte integrante de la de Utilidad Pública, aumentando así sus objetivos y siendo más fuerte.
En toda fusión, se canalizan las sinergias y se sale más fortalecido.
Es de imaginar, que habrá que llegar a un acuerdo, con respecto a las dimensiones sociales y económicas de ambas, e incluso nombrar parte de su Junta Directiva, como miembros de la Absorbente, la Asociación de Utilidad Pública.
Salvo mejor opinión*

Consultor General
email:
consultorgeneral58@gmail.com
Blog:
http://consultorgeneral58.blogspot.com.es/

solucionesong.org
Un proyecto de