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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Marian Barnes Vazquez

¿Qué contrato debemos de hacer a una persona que vive en Andorra?

12.03.05

Queremos saber qué tipo de contrato de colaboración deberíamos de realizar a uno de nuestros socios para que nos lleve la contabilidad y que también trabaje en algunos de los contenidos de nuestra Web.

Esta persona vive en Andorra y su colaboración se realizaría a través de Internet.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Javier Jerez

Trabajador social, responsable de calidad y LOPD CEAR Canarias

Trabaja en:

Asesor particular

15.03.05

estimados compañeros:
hemos consultado a nuestro servicio jurídico y a la oficina de extranjeros en Las Palmas de GC y nos han comentado que con relación a los nacionales de andorra la práctica que se sigue es la siguiente: no son ciudadanos de la UE ni de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, sin embargo se les está aplicando el régimen comunitario y por tanto, son documentados en España como ciudadanos comunitarios. Puede deducirse por tanto que a la hora de la contratación, las condiciones serían las mismas que cuando se contrata a un ciudadano de la UE. Nos encontramos con un vacío legal pues no existen acuerdos para la contratación de trabajadores andorranos en España pero sería viable un contrato de prestación de servicios o de obra o servicio (contrato de duración determinada) al igual que lo haríamos con un trabajador europeo. Lo ideal sería contrastar esta información con la que te pueda proporcionar el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ya que no tenemos una norma jurídica a la que atenernos.

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#2

Opinión anónima

18.03.05

El retraso en contestar se ha debido al tiempo que he tardado en conseguir la información procedente del lugar afectado por el contrato de trabajo y que era imprescindible conocer para que la contestación sea útil y práctica.
Evidentemente estamos ante un caso especial de contratación laboral por carecer de normativa específica, no obstante esta sería la forma de proceder, deben pactar con la persona a la que se pretende contratar en Andorra, las condiciones de trabajo y el salario, cuando se llegue a un acuerdo con él, se le comunica que proceda a darse de alta el mismo en la Seguridad Social de Andorra, coste que pueden ustedes asumir si así lo han pactado. El pacto puede realizarse de forma oral o escrita, como las partes acuerden, si se establece por escrito no es necesario visarlo, ni tiene otros requisitos formales.
En cuanto a la Seguridad Social de Andorra solo existe una forma de alta y cotización, en razón del número de horas de jornada laboral que se trabaje.


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