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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Cristina Porras

¿Qué cuestiones fiscales, legales y contables debemos tener en cuenta si pedimos préstamos a particulares?

17.08.11

Si una asociación pide préstamos a sus contactos (particulares) ¿qué cuestiones legales debe cumplir? documentos a emitir, contabilidad, obligatoriedad de intereses, posibilidad de desgravación… etc.

Muchas gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Buena

Aportada por:

Ricardo Paricio

Asesor Contable www.gestioong.es

Trabaja en:

Asesor particular

17.08.11

Hola Cristina,
Legales,
Debe de haber contrato donde se detalle,
Datos de quien presta el dinero
Datos de quien recibe el dinero
Cuantía máxima del préstamo.
Tipo de interés devengado
Procedimiento de devolución y cálculo de las cuotas.
Fecha de vencimiento
El tipo de interés siempre ha de ser superior a 0 y ha de estar especificado, pués en caso de Inspección la Agencia Tributaria entendería que como mínimo el préstamo devenga para la parte acreedora el Tipo de Interes Legal del Dinero (aplicable 2011 4%).
El contrato de préstamo es recomendable hacerlo delante de notario.

Fiscales,
Los intereses devengados formán parte de los ingresos de quien presta dinero,pueden estar sujetos a retención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto de Sociedades.
El pagador de los intereses esta obligado a practicar la retención que corresponda o en el Impuesto de Renta de las Personas Físicas o del Impuesto de Sociedades.
Liquidación trimestral mod. 123
Liquidación anual mod. 193

Contable
Las operaciones deberán de contabilizarse de acuerdo al Plan General Contable aplicable a las entidades sin ánimo de lucro.

Saludos,
Ricardo Paricio

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#2

Respuesta del participante:

Cristina Porras

18.08.11

Muchas gracias Ricardo!
Entiendo que funcionaría más o menos como un préstamos de particular a particular mediante un contrato privado. Lo único que me causaba algo de inquietud es no haber visto esta forma entre particular y ONG pero entiendo que siguiendo los pasos que comentas no habrá ningún problema.
Muchas gracias!
Cristina Porras

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#3

Buena

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

18.08.11

Lo que dice el compañero Ricardo Paricio es muy correcto, pero es posible y LEGAL, que una persona que sea socio o no, de la ONG de un prestamo sin intereses.
Existe obligacion de documentarlo todo como dice Ricardo, pero el interes puede ser cero.
Solo en el caso de que el prestamista sea miembro del organo de gobierno de la ONG, habria que estudiar por la consideracion de la operacion como vinculada segun el art 16 del RDL 4/2004, que tipo de interes seria el de mercado y aplicarlo.
En el resto de casos entiendo que no.

Saludos.

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#4

Respuesta del participante:

Cristina Porras

01.09.11

La respuesta de Ricardo Paricio es bastante completa, sin embargo, no resulta ser del todo correcta ya que el interés en un documento privado sí puede ser igual a 0 siempre que se especifique en el mismo.
En el caso de Jose Antonio la puntualización es correcta pero no aporta más detalles.
En ambos casos faltaría detallar los diferentes tipos de contratos dependiendo de la cuantía que se preste. Igualmente no hay información sobre posibles beneficios para el prestatario al tratarse de una ONG.
Muchas gracias!

solucionesong.org
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