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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Brígida Trenado Mata

¿Qué debe contener un seguro de resposabilidad civil de una asociación?

15.02.08

La asociación cuenta con monitores que realizan actividades por la tarde dentro de las instalaciones de un centro ocupacional. Me gustaria saber qué contenidos debería reflejar un seguro de responsabilidad civil para esos monitores y los usuarios que realizan las actividades.Tengo que solicitar presupuestos a tres empresas pero no se qué solicitarles claramente para que me den un buen presupuesto y no pongan lo que ellas quieran.

Gracias por la información.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

19.02.08

Estimada Brígida:

Podría explicarte que debería contener un seguro de RC para tu Asociación, que en general sería un seguro que cubriera tus actividades, participantes y daños a terceros no participantes.

Pero más útil y breve será recomendarte que te dirijas a las entidades que directamente te gestionan el seguro, muchas de las cuáles tienen ya elaboradas web informativas y formularios muy claros con todas las coberturas y los parámetros que necesitan para evaluarte el riesgo y hacerte la cotización.

Permiteme que te recomiende una entidad que siemrpe me funcionó bien: Fundación Pere Tarres (www.peretarres.org), tiene seguros de actividades y voluntariado.

Un saludo.

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#2

Insuficiente

Aportada por:

Fermin Aparicio Saez

Gerente Plena Gestion Social SL

Trabaja en:

Asesor particular

19.02.08

Estimada Brigida, en determinados programas es obligatorio, sobre todo si se trabaja con administracion. De cualquier forma yo siempre lo recomiendo, debiendo encontrar el equilibrio entre cantidad asegurada y cuota a pagar.
Fermin Aparicio
Plena Gestion Social sl
www.plenaonline.es

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#3

Excelente

Aportada por:

Jesús Ulloa Boyano

Economista experto en seguros

Trabaja en:

Asesor particular

21.02.08

Estimada Brígida:

El seguro de Responsabilidad Civil debería ser una prioridad para las personas que dirigen cualquier empresa, pero si hablamos de una asociación sin ánimo de lucro tiene que ser una obligación, independientemente de que sea un imperativo legal o no. Con este seguro estamos cubriendo las consecuencias patrimoniales, es decir, el pago de una indemnización por un daño causado a un tercero.

Para tener la certeza de estar bien cubiertos, y dormir tranquilos por las noches, se deberían introducir ciertas modificaciones a las condiciones estándar que tienen los productos de Responsabilidad Civil. Estas modificaciones son:

1. Los usuarios, es decir, las personas con discapacidad deben considerarse entre si, para que estén cubiertos los daños que un usuario cause a otro.
2. Deben cubrirse las actividades organizadas por la asociación tanto dentro de sus instalaciones como fuera de ellas.
3. Debe figurar por escrito, en las condiciones particulares, que se trata de personas con discapacidad.
4. En cuanto a la cobertura de responsabilidad civil patronal debe ajustarse a lo estipulado en el Convenio Colectivo de los Centros de Atención de Personas con Discapacidad.

Por último decirte que yo sólo conozco una correduría de seguros que ofrezca este tipo de seguros con estas coberturas, PREVIGALIA Correduría de Seguros, que según sus datos trabajan con más de 160 asociaciones sin ánimo de lucro. Probablemente si acudes por tu cuenta a cualquier compañía te sea muy difícil, si no imposible, conseguir que las compañías contemplen estas modificaciones.

Espero haberte sido de ayuda, suerte

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#4

Respuesta del participante:

Brígida Trenado Mata

23.02.08

En la actualidad nos pusimos en contacto con Previgalia, y nos han dado respuesta a lo que deseabamos, con lo cual solucionamos el problema que teniamos. Gracias por vuestra colaboración

solucionesong.org
Un proyecto de