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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Maria del Mar Garrido Almodovar

¿Qué debemos aplicar en los contratos de residentes si este año ha bajado el IPC?

06.03.15

Hola,

En los contratos de los residentes del Centro de nuestra asociación se especifica que anualmente se incrementará el precio de acuerdo al IPC más 1.5 puntos. Al haber bajado el IPC este año 1 punto, que tenemos que aplicar: ¿el punto y medio? ¿o solo el 0.5 de diferencia?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

09.03.15

Habría que ver exactamente la redacción literal de esa cláusula para averiguar su espíritu. Si la redacción es que el importe a abonar se actualizará todos los años conforme a las variaciones del IPC, más un 1,5%, entiendo que es más razonable la interpretación última; es decir, teniendo en cuenta el IPC negativo de 1 y el incremento siempre del 1,5 sobre el IPC, el resultado será un aumento de 0,5%.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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