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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Claudia Tecglen

¿Qué requisitos hay que cumplir para que te den la exención del IVA? ¿Cuánto se tarda?

19.10.13

¡Hola!

Somos una Asociación registrada en 2008 y que Consiguió el NIF definitivo en 2009 ¿Queríamos saber qué requisitos hay que cumplir para obtener la exención del IVA? ¿Qué tramites hay que realizar? ¿Cuánto se tarda en que te lo den?

Gracias, un abrazo.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

21.10.13

Hola Claudia,
De forma resumida, tienes que estar en lo descrito en el artículo 20.8 de la Ley del IVA.

En cuanto a la solicitud, se realiza mediante el modelo 840
No sabría decirte que plazo es el que actualmente tiene la Agencia en su respuesta.

Por si quieres más información, la semana pasada comenté este tema en un post de mi blog.
Gracias,

Salvador
puche29consultoria

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#2

Respuesta del participante:

Claudia Tecglen

21.10.13

Muchas gracias por la orientación.

Un abrazo

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#3

Opinión anónima

21.10.13

BUENAS TARDES.
Actualmente para aplicar la exención del IVA, no tienes que hacer nada más que aplicarla presentando un 036 que indica que crees tener derecho a ello, y aplicarla. Hacienda puede que inspeccione si efectivamente tienes derecho.

La nueva regulación en vigor desde 01/01/2013, y introducida por la Ley 17/2012, no exige reconocimiento expreso de la exención como ocurría hasta esa fecha.

La nueva normativa se inspira en el principio de intervención mínima, y da libertad absoluta de la ONG para aplicarla si cree reunir requisitos, y dicha decisión queda sujeta a la inspeccion de Hacienda, que podrá en cualquier momento revisar vuestra decisión.

Si una vez revisada, (si lo hace), Hacienda considera que no es de aplicación la exención, Hacienda te obligara a pagar el IVA que corresponda, y te sancionara si considera que no debiste aplicarlo.

Así están las cosas.

Saludos.

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#4

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

21.10.13

BUENAS TARDES.
Actualmente para aplicar la exención del IVA, no tienes que hacer nada más que aplicarla presentando un 036 que indica que crees tener derecho a ello, y aplicarla. Hacienda puede que inspeccione si efectivamente tienes derecho.

La nueva regulación en vigor desde 01/01/2013, y introducida por la Ley 17/2012, no exige reconocimiento expreso de la exención como ocurría hasta esa fecha.

La nueva normativa se inspira en el principio de intervención mínima, y da libertad absoluta de la ONG para aplicarla si cree reunir requisitos, y dicha decisión queda sujeta a la inspeccion de Hacienda, que podrá en cualquier momento revisar vuestra decisión.

Si una vez revisada, (si lo hace), Hacienda considera que no es de aplicación la exención, Hacienda te obligara a pagar el IVA que corresponda, y te sancionara si considera que no debiste aplicarlo.

Así están las cosas.

Saludos.

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#5

Respuesta del participante:

Claudia Tecglen

21.10.13

Hola José Antonio,

Mil gracias por la aclaración sabes en que orquidia de cantidades en la sanción están aplicando.

Un abrazo y gracias otra vez.

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#6

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

21.10.13

Antes de hacerlo, imagino que habràs valorado las ventajas e inconvenientes que tiene aplicar la exención, porque sabes que tú no lo incluyes en las facturas que hagas, es decir no lo cobras, pero sigues obligada a pagarlo, sin posibilidad de hacer deducción o compensación.

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#7

Respuesta del participante:

Claudia Tecglen

21.10.13

Francisco, perdona no te entiendo.
Creía que con la excensión del IVA si te realizan una factura no tenías que pagar el IVA. NO ES ASI?

GRACIAS!!

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#8

Aportada por:

Juan de Dios Pérez Romero

http://www.consultoriadefundaciones.es/

Trabaja en:

Consultoría de Fundaciones

22.10.13

Hola Claudia:

Me temo que tienes un lío tremendo con el tema. La exención no significa que no te cobren IVA. La tengas o no siempre has de pagarlo. La exención es para que determinados servicios que vosotros prestáis los hagáis sin cobrarle IVA a vuestros clientes.

Un cordial saludo,

Juande

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#9

Respuesta del participante:

Claudia Tecglen

23.10.13

Ah, muchísimas gracias. creía que era al revés. De igual forma puede beneficiar a nuestros usuarios.

Gracias!!

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