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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Norma Martínez

¿Qué tipo de servicios técnicos y profesionales no están sujetos a IVA en temas de preparación de cursos?

12.04.12

¿Qué tipo de servicios técnicos y profesionales no están sujetos a IVA en temas de preparación de cursos, elaboración de material docente y/o traducciones?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

13.04.12

En IVA rige el principio general de que esta sujeto todo, salvo aquello que está expresamente exento.
De los temas que plantea, considero que está exenta la formación si está inmersa dentro de los planes de estudios de titulaciones oficiales, y hay también tendría cabida como actividad accesoria la elaboración de material docente y/o traducciones, siempre que todo ello vaya dirigido a la formación reglada.
No obstante hay que tener mucho cuidado pues esto es un asunto muy resbaladizo, en el que un solo matiz puede cambiar todo el edificio jurídico tributario que montemos, por ello le recomiendo una consulta más detallada y amplia planteada de forma directa a su asesor, para que con información de primera mano les pueda responder.

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#2

Opinión anónima

17.04.12

Hola Norma, estoy de acuerdo con el compañero. Aunque es habitual la frase “la formación no lleva iva” y que se realicen facturas de formación sin iva, no está tan claro.

La Ley del Iva, establece los criterios exactos en los que la formación esta exenta y son:
art.20.9 La educación de la infancia y de la juventud, la guarda y custodia de niños, la enseñanza escolar, universitaria y de postgraduados, la enseñanza de idiomas y la formación y reciclaje profesional, realizadas por entidades de derecho público o entidades privadas autorizadas para el ejercicio de dichas actividades.
Además en el art. 10 también dice “Las clases a título particular prestadas por personas físicas sobre materias incluidas en los planes de estudios de cualquiera de los niveles y grados del sistema educativo“.

Yo también recomendaría una consulta más detallada del tipo de formación, tipo de entidad, etc. Para resolver si estaría exenta o no de iva la operación que planteáis.
Saludos

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