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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Julian Hualoto B.

¿Qué trámites debemos dar para dar de alta en la Seguridad Social a una persona a media jornada?

29.04.14

Hola,

Somos una asociación conformada por ecuatorianos sin ánimo de lucro desde hace casi 8 años.

Quisiéramos saber cuál sería el costo para nuestra asociación el dar da alta en SS a una persona a media jornada, trámites a seguir, documentación necesaria, etc.

Un saludo

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Blanca Pérez Álvarez

Equipo SolucionesONG.org

Trabaja en:

Fundación Hazloposible

29.04.14

Hola Julián,

En este enlace de una consulta ya resuelta puedes ver información que te resulte útil:

Si contratamos a alguien, ¿Es necesario darle de alta en la Seguridad Social?

¡Saludos!

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#2

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

29.04.14

Hola,
Además de lo expuesto por Blanca, comentarte que como novedad debéis de llevar un registro mensual de las horas que realiza el trabajador/a y lo debe de firmar cuando se le entrega la nómina. Debes guardar dicha documentación durante 4 años
Para ello, el Real Decreto-ley 16/2013 modifica el régimen legal del contrato a tiempo parcial y uno de los cambios que introduce afecta a la redacción del Art. 12.5 h) del Estatuto de los Trabajadores.

Dicho precepto establece ahora:

“h) La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias a que se refiere el apartado 5.

El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.

En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.”
Te dejo una guia del SEPE con toda la regulación del contrato, espero q te sirva
https://www.sepe.es/contenido/empleo_formacion/empresas/pdf/Pgs_37-38-39_Guia_06-03-2012-20.pdf
Un saludo
Teresa Ferraz

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#3

Respuesta del participante:

Julian Hualoto B.

29.04.14

Ademas de esta información que la consideramos de mucha importancia, nos interesa saber costes ya que en oficina de SS no nos solucionan esto.
Cuanto tendria que pagar la asociación a SS por dar de alta a un trabajor a media jornada y con que sueldo

Saludos

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#4

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

29.04.14

Julián
El salario lo marca normalmente el Convenio colectivo por el cual os rijáis Ahí no te puedo ayudar. Deberás calcular el porcentaje de parcialidad sobre el salario bruto anual para esa categoría. A ello le debes de sumar las pagas extras y el coste de seguridad social que redondeando es en torno a 33%
Si por ejemplo va a cobrar 1000 euros al mes te costaría
1333 euros mes aprox
Un saludo
Teresa Ferraz

solucionesong.org
Un proyecto de