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Consultas Online

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Consulta formulada por:

José Luis Callejas Díez

Quisiera saber cómo va la tramitación de la modificación del impuesto de sociedades

15.07.03

Quisiera saber cómo va la tramitación de la modificación del impuesto de sociedades, que según parece su aprobación está muy cercana. Gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

18.07.03

En el B.O.E. de fecha de hoy sale publicada, la modificación del Impuesto de Sociedades. www.boe.es

Las organizaciones sin animo de lucro no deberan presentar este año el Impuesto de Sociedades, siempre y cuando cumplan dos requisitos:

1) Que sus ingresos sean inferiores a 100.000 euros.
2) Que si poseen ingresos no exentos procedan exclusivamente de rendimientos del capital, (interes bancarios, Fondos etc), y que estos esten sujetos a retención por Hacienda, (el 15% en la actualidad), y además no superen los 2.000 euros en el ejercicio.

El texto publicado en el B-O.E de hoy queda pues definitivamente como sigue:


“Disposición adicional quinta.

Con efectos para los períodos impositivos iniciados
a partir de 1 de enero de 2002, se modifica el apartado 3 del artículo 142 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, que queda redactado en los siguientes términos:
«3. Los sujetos pasivos a que se refiere el capítulo
XV del título VIII de esta ley estarán obligados
a declarar la totalidad de sus rentas, exentas y no
exentas.
No obstante, los citados sujetos pasivos no tendrán
obligación de presentar declaración cuando cumplan los siguientes requisitos:
a) Que sus ingresos totales no superen 100.000 euros anuales.
b) Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen
2.000 euros anuales.
c) Que todas las rentas no exentas que obtengan
estén sometidas a retención.»

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