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Consultas Online

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Consulta formulada por:

David Pérez Martorell

Realizar cursos

21.02.20

Hola, me llamo David, presidente de Asociación Focazul. Nuestros estatutos son muy genéricos, ayuda a los derechos humanos y empoderar a las personas. Generalmente donamos a familias con enfermedades raras y nos financiamos revendiendo ordenadores reciclados como material chatarra, así que el IVA es 0.
Ahora nos sale un voluntario que quiere realizar cursos de tricotar con una tricotadora. Tiene una institución que quiere que personas cercanas aprendan a tricotar y así poder hacer su negocio.
Entiendo que la formación es también IVA 0.
Mi pregunta es:
¿Podría este voluntario realizar la formación y Asociación Focazul crear una factura de formación a la institución con IVA 0% y Asociación Focazul donar el 100% de la recaudación al profesor voluntario y el nos recompensa con una donación?
La idea es que el profesor reciba el pago de la institución a través nuestra. La institución necesita una factura y el voluntario no sabe cómo hacerlo. Es por ello que la asociación se presta a ayudarle.
Hasta ahora no necesitamos realizar la declaración trimestral porque siempre recibimos donaciones o facturas con IVA = 0%, no se si hacemos bien.
Los ingresos no superan los 2000 el año 2019 y este 2020 quizás tendremos 4000 de ingresos siendo muy optimistas.

Gracias por la información.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Andre Hoelzle-Silva

Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.

Trabaja en:

Asesor particular

09.08.24

Hola, gracias por tu consulta. En España, las asociaciones son reguladas por la Ley 1/2002 del 22 de marzo y por el Real Decreto 1497/2003 del 28 de noviembre. Según la ley española, una asociación es un grupo de personas que entran en un acuerdo para lograr un objetivo común con un motivo sin fines de lucro.
En cuanto a tu pregunta sobre la denuncia penal por falsificación y mal uso del fondo de caridad, te recomendaría que consultes con un abogado para obtener asesoramiento legal específico. Sin embargo, según la información disponible, parece que podrías tener motivos para presentar una denuncia penal si puedes demostrar que hubo acciones malintencionadas o negligentes.
Es importante recordar que los miembros de la junta directiva y otras personas que actúan en nombre de la asociación pueden ser responsables ante la asociación y terceros en casos de acciones malintencionadas o negligentes. Además, las leyes de sedición y malversación de fondos están sujetas a cambios y actualizaciones

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