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Consultas Online

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Consulta formulada por:

SUSANA García Córdoba

Registro de mi marca o campaña

22.05.20

Hola:
¿Qué hay que hacer para hacer el registro de nuestra marca o alguna de nuestras campañas?

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

22.05.20

Hola Susana:
Podrán constituir marcas todos los signos, especialmente las palabras, incluidos los nombres de personas, los dibujos, las letras, las cifras, los colores, la forma del producto o de su embalaje, o los sonidos, a condición de que tales signos sean apropiados para:

-Distinguir los productos o los servicios de una empresa de los de otras empresas.
-Ser representados en el Registro de Marcas de manera tal que permita a las autoridades competentes y al público en general determinar el objeto claro y preciso de la protección otorgada a su titular.
Antes de solicitar una marca o nombre comercial es recomendable verificar que no existan marcas registradas previamente idénticas y/o parecidas, que puedan constituir un obstáculo para el uso y/o registro de la marca o nombre comercial a proteger.
Por otro lado, para poder registrar una marca en España hay que constatar que la marca no esté incluida en ninguna de las prohibiciones de la Ley de marcas. En términos generales, no pueden constituir marcas o nombres comerciales aquellos signos que:

-Sean contrarios a la Ley, al orden público y a las buenas costumbres.
-Carezcan de carácter distintivo, así como aquellos demasiado genéricos o habituales en el lenguaje común.
-Puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.
-Puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios.
-Estén constituidos exclusivamente por la forma u otra característica impuesta por la naturaleza misma del producto o por la forma u otra característica del producto necesaria para obtener un resultado técnico, o por la forma u otra característica que dé un valor sustancial al producto.

La solicitud puede realizarse vía telemática a través de la sede electrónica de la página web de la OEPM. Alternativamente, puede realizarse en formato físico. Para ello, debes dirigirte a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), en los Centros Regionales de Información de Propiedad Industrial, en Oficinas de Correos, (en sobre abierto, por correo certificado y con acuse de recibo), en los servicios correspondientes de las CCAA, en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, áreas de Industria y Energía o por vía telemática o mediante una solicitud electrónica a la que se accede a través de la página web de la OEPM.
Requisitos principales al registrar una marca:

-Instancia.
-En el caso de marcas que contengan elementos gráficos debes incluir una reproducción de esta.
-Si la marca es tridimensional, su reproducción tendrá que ser gráfica o fotográfica bidimensional.
-Tasas de solicitud.

hay algunos elementos indispensables que deben presentarse en una solicitud de marca o nombre comercial para tener una fecha de presentación:

Una declaración por la que se solicite un registro de marca o nombre comercial.
Identificación del solicitante o solicitantes, los cuales pueden ser personas físicas o jurídicas.
En el caso de que la marca o nombre comercial se solicite a través de un representante, se deberá aportar la autorización correspondiente.
Denominación, cuando se trate de una marca o nombre comercial simplemente denominativos o una representación gráfica de estos, si fuesen gráficos o mixtos.
Los productos o servicios a proteger, de conformidad con la Clasificación de Niza.
una vez presentada la marca, los productos y/o servicios no pueden ampliarse y la marca tampoco no puede alterarse

La fecha de presentación, se otorgará a partir del momento en el que los documentos sean sellados o bien presentados a través de la sede electrónica de la OEPM. Una vez solicitada la marca o nombre comercial, la OEPM la examina y publica para oposición durante dos meses en el Boletín Oficial del Estado (BOPI)
Un saludo

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#2

Respuesta del participante:

SUSANA García Córdoba

25.05.20

Hola Teresa, muchas gracias por tu respuesta.
¿Por favor me puedes decir cómo averiguo esto?:
“Antes de solicitar una marca o nombre comercial es recomendable verificar que no existan marcas registradas previamente idénticas y/o parecidas, que puedan constituir un obstáculo para el uso y/o registro de la marca o nombre comercial a proteger”

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