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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carlos Gago Alabau

Registro donativos sin ser entidad de utilidad pública

05.09.19

Hola,

En nuestro caso, que somos una asociación inscrita en el registro Nacional de Asociaciones, pero no somos una entidad de utilidad pública, ¿Cómo debemos llevar el registro de donaciones?
¿Estamos obligados a llevar dicho registro?

Muchas gracias.

Carles Gago
Presidente de XALOC

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Silvia Alvarez

Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web

Trabaja en:

Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.

05.09.19

Buenos días

Aunque a efectos fiscales el donante no se desgravaría, si a efectos de blanqueo capitales y protección de datos, seria conveniente tener identificados a todos los donantes, dni , nombre y nacionalidad.

Siempre es necesario poder identificar de donde y de quien vienen las donaciones.

El registro de los datos seria interno de la asociación y el responsable de la protección de datos es el que custodiaria esos datos y los usaría para los fines de la entidad.
Un saludo
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

11.09.19

Como dice Silvia, el hecho de que vuestra asociación no esté declarada de utilidad pública y no pueda dar lugar a deducción de los donativos recibidos en sede de los donantes, no implica que no exista obligación de registrar esos donativos, no sólo a efectos contables si no también a efectos de prevención de blanqueo de capitales. Si en la contabilidad no se detalla pormenorizadamente a los donantes, deberá articularse otra forma de registro donde sí aparezca este detalle de los datos de cada donante, así como de los donativos efectuados.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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