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Consultas Online

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Registros nacional o autonomico

28.02.25

Buenas somos una ONG que estaba en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Valenciana y nos fuimos al Registro NAcional. Pero ahora me surge una duda, hay ayudas en Comunidades Autonomas que exigen estar en su registro y por tanto nos quedariamos fuera? O estando en el Registro NAcional igualmente podemos presentarnos? Y por otro lado, algunas conunidades exigen a veces tener sede o delegacion, sabeis la diferencia entre ambas? y como podriamos resolver el teren esta sede? habiamos pensado que alguno de nuestros voluntarios pusiera la direccion de su casa, creeis que es posible? se os ocurre o habeis generado alguna solucion para estos temas?

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Andre Hoelzle-Silva

Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.

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11.05.25

Respondiendo a tus preguntas

¿Puede una ONG registrada en el Registro Nacional acceder a ayudas autonómicas?

Sí, se puede, pero con matices:

A - Cada Comunidad Autónoma establece sus propios requisitos en las bases de sus convocatorias de subvenciones.
B - Algunas exigen estar inscritas en su propio registro autonómico de asociaciones, aunque estés registrada a nivel nacional.
C - Otras pueden permitir la participación si tienes una delegación registrada en su territorio, aunque la sede central esté en otra comunidad.

Por tanto, no hay una regla única y se debe revisar las bases de cada convocatoria concreta.

¿Qué diferencia hay entre sede y delegación?

I - Sede social:
Es el domicilio principal de la entidad, donde se encuentra su órgano de gobierno y administración.

II - Delegación:
Es una extensión territorial de la entidad, que puede tener o no autonomía operativa, pero debe estar registrada si se quiere que tenga efectos legales o administrativos.

¿Podemos usar la dirección de un voluntario como sede o delegación?

Sí, es posible, y de hecho es una práctica común en entidades pequeñas.Algunas recomendaciones:

I - Debe existir un consentimiento por escrito* del voluntario para usar su domicilio.
II - Notificar el cambio o apertura de delegación en el Registro Nacional de Asociaciones (RNA) y, si es necesario, en el registro autonómico correspondiente.
III - Asegurarse de que la dirección esté operativa

¿Qué soluciones se suelen aplicar?

A - Mantener la sede central en una comunidad y abrir delegaciones registradas en otras donde se quiera operar o solicitar ayudas.

B - Inscribirse también en el registro autonómico, si la comunidad lo exige.

C - Colaborar con entidades locales ya registradas para presentar proyectos conjuntos.

Fuente:

https://www.solucionesong.org/consulta/si-estamos-registrados-a-nivel-nacional-que-tenemos-que-hacer-para-acceder-a-subvenciones-autonomicas-y-municipales/7353/view

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