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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

Respecto a este proyecto de futura ONG ¿Creéis que puedo tener problemas para justificar los gastos por los servicios prestados?

08.04.14

Buenas,

Primero gracias por el servicio que realizáis.

Quiero crear una ONG, para dar servicio a otras ONGs que ya están en funcionamiento, normalmente serían ONGs españolas, pero con servicios en el extranjero y el servicio sería en el lugar donde ellas operen, por lo tanto el mayor y casi único gasto de mi ONG sería en billetes de avión para la persona que realice el servicio en los distintos países y ONGs.

La duda es si tendré algún tipo de problema para justificar esos gastos, ante hacienda o ante quien se tenga que justificar donde va el dinero gastado por una ONG, por que a priori no parece un gasto muy “social”.

Lo que si podría justificar es la ayuda realizada en cada ONG y país visitado, avalada por la ONG receptora de la ayuda.

Mi idea es que la ONG se sustente solo con aportes de los socios o colaboradores anónimos y no pedir subvenciones, por si eso facilita las cosas.

Gracias

Bernardo.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

08.04.14

Buenos días Bernardo,

No deberíais tener ningún problema. Mientras tengas los documentos de gasto originales podrás acreditar sin problema el movimiento contable.

Por el lado de que los gastos no son “muy sociales” no os preocupeis. Lo que sí sería bueno, es que podáis justificar la relación entre el gasto y vuestros fines sociales, aunque más por un tema de transparencia que por las repercusiones contables o fiscales.

Lo que define la ausencia de ánimo de lucro de una asociación no es que su gasto sea “social”, si no que los beneficios generados de su funcionamiento no se reparten si no que se reinvierten en los fines fundacionales.

Sí podríais tener problemas para justificar subvenciones, puesto que cada convocatoria puede establecer sus requisitos para que el gasto sea elegible, pero, por lo que dices en tu consulta, eso no va a suponer un problema para vosotros.

Si quieres profundizar más en algún aspecto no dudes en seguir consultando. Un saludo.

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#2

Aportada por:

Juan de Uña Repetto

Asesor fiscal

Trabaja en:

Asesor particular

08.04.14

Buenos días:

A efectos únicamente fiscales, para deducir un gasto en el Impuesto sobre Sociedades se exige principalmente:
- Que el gasto esté contabilizado.
- Que el gasto esté justificado documentalmente (con factura, como medio de prueba prioritario).
- Que responda a operaciones reales.
- Que tenga una correlación con la obtención de ingresos
- Que no esté expresamente excluido de deducción por la norma fiscal.

En este sentido, los gastos de viajes pueden ser controvertidos, ya que, en ocasiones, son gastos que pueden obedecer realmente a “viajes personales” nada relacionados con la actividad propia de la ONG. Por ese motivo, es importante guardar toda la documentación justificativa que acredite la verdadera necesidad del viaje en relación con fines exclusivamente relacionados con la actividad propia de la ONG. Si esto se cumple, y se acreditan los puntos antes referidos, nada impide su deducción fiscal.

Un saludo,
Juan

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#3

Opinión anónima

09.04.14

Muchas gracias por las respuestas, la pregunta esta amplia y claramente respondida !!

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#4

Opinión anónima

09.04.14

Muchas gracias por las respuestas, la pregunta esta amplia y claramente respondida, seguiremos adelante con el proceso de creación y seguro que surgen más dudas.

gracias otra vez

solucionesong.org
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