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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jesús María Quintero Gómez

Sentar un servicio no cobrado.

27.08.19

Hola: Hemos recibido un servicio y no se nos cobra. Emitimos el certificado como corresponde. Pero, al tiempo, es lógico sentarlo como ingreso de donativos. ¿Es así? Saludos.
Jesús María.

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Respuestas

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#1

Insuficiente

Aportada por:

Andrés Olivares Ramos

Director de www.impoconta.es Asesores de pymes y asociaciones, tramitación Subvenciones

Trabaja en:

Asesor particular

27.08.19

Buenos días,
Efectivamente. Debéis contabilizar ambas operaciones:
Por un lado el gasto, reconociendo vuestra deuda con el acreedor en el Haber de la cuenta 410 y, por otro, el ingreso del donativo; reconociendo el crédito a vuestro favor en el Debe de la 447 que corresponda.
Seguidamente habría que cancelar ambos saldos (D 410 contra el H 447) que quedarían a cero.
De esta manera la cuenta de pérdida y ganancias recogería tanto el gasto por el servicio realizado como el ingreso por donativos.
Saludos,

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#2

Respuesta del participante:

Jesús María Quintero Gómez

27.08.19

Hola, Andrés: Estoy un poco liado porque yo pensaba hacerlo directamente pero veo que no. Pensaba compensar el haber del donativo (72xxx) con el debe del donante (447xxx). Pero veo que es más complejo.

- Entiendo que el haber de la 410 contra el debe de la 447 va por una parte y el donativo por otra. - Imagino que la 447 en el debe de salda con el haber de la 720 pero no veo cómo cerrar el saldo de la 410. ¿Me podrías indicar un poco más? Supongo que es porque no puedo mezclar las cuentas de ingresos y gastos (6 y 7) con las demás (1 a 5) Agradecido. Saludos. Jesús María.
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#3

Respuesta del participante:

Jesús María Quintero Gómez

11.09.19

Hola.
No me ha aclarado bien qué cuentas intervienen y en concepto de qué. Si es una donación debería intervenir por ahí una cuenta 7xxx

Saludos.

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