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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Isaac Durá Hurtado

¿Seríamos considerados como entidad sin ánimo de lucro con las intenciones que tenemos?

24.11.11

Hola, somos una asociación de ambito estatal que realiza paginas web para parques naturales y medio ambiente de Europa y el mundo de forma gratuita, pero nuestra intencion es que con el dinero que recibamos de subvenciones, subscriptores, servicos prestados a empresas (como hacerles una pagina web, el dinero iria a a la cuenta de la asociacion) y con ese dinero pagariamos al presidente, secretario.. ademas de contratar personas.

¿Es una organizacion sin animo de lucro? Lo preguntamos porque queremos usar el logotipo europeo

Saludos. Isaac Durá

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

25.11.11

Hola Isaac,

Lo importante es que los fondos que se obtengan de la actividad que vayáis a realizar vayan destinados a los fines de la asociación, habrá que ver cuales son vuestros fines, por supuesto deben ser de interés general.

La diferencia entre una entidad con ánimo de lucro o sin, radica en que los beneficios, en caso de que los haya, nunca podrán repartirse entre los socios, ni organos de gobierno ni dirección.

Por otro lado recuerda que si pretendéis solicitar la utilidad pública, los miembros del órgano de dirección, no pueden cobrar bajo ningún concepto de subvenciones públicas.

Lo del logotivo no entiendo a que te refieres.

Saludos, Eva

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#2

Opinión anónima

25.11.11

A ver…si sois o no una entidad sin ánimo de lucro es algo que vendrá establecido en los estatutos que ya teneis que tener. Por tanto, no hay duda, pues no hay asociaciones con ánimo de lucro.
Otra cosa es que podais recibir ingresos por prestar servicios, vender productos o recibir subvenciones; pero eso no invalida el carácter no lucrativo.

El contratar y pagar una remuneración a determinados miembros de la junta directiva (independientemente de la froma que se obtengan los ingresos) es un tema que no plantea problemas legales más allá de las precisiones indicadas por la anterior asesora pero si de tipo ético.

Cualquiera puede pensar que se utiliza la figura jurídica de asociación, no lucrativa, y por tanto en la que se presume que se trabaja para el bien común para tener una apariencia de altruismo y bondad…cuando en realidad lo que se persigue es simplemente utilizar una imagen, disfrazando el fin último que es un objetivo económico particular.
Por tanto, ojo a lo que se hace.

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#3

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

25.11.11

Isaac,

es posible que se adapte mejor a lo que quereis hacer una cooperativa o una sociedad laboral donde los propietarios y los trabajadores son, en gran parte, los mismos.

Con la figura de asociación no hay propietarios y las decisiones se toman por mayoría de socios. Por otra parte ser una asociación no implica tener subvenciones. La asociación puede cobrar por el trabajo que hace como si fuera una empresa, tener trabajadores y pagar salarios, pero ser miembro de una asociación no se hereda ni se puede vender la participación.

Saludos,

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#4

Respuesta del participante:

Isaac Durá Hurtado

25.11.11

Gracias por vuestras respuestas nos lo habeis aclarado muy bien.

Saludos,

solucionesong.org
Un proyecto de