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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Naroe Valls

Si contratamos diferentes profesionales para nuestros servicios, ¿debemos aplicar en sus contratos el convenio colectivo de cada profesión?

25.11.10

Hola,

Somos una asociación prestadora de servicios a la juventud y contratamos a monitores, animadores, actores, técnicos, administrativos, cuidadoras, diseñadores y una gran diversidad de tipos de contrato.

¿Se puede aplicar diferentes convenios colectivos en base a lo que se adapte más al puesto de trabajo? Es decir: Los actores se acogen al convenio de actores, los administrativos, al de oficinas y, ¿así sucesivamente?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jose Ramon Esteban Salinas

Coach/Consultor de RRHH

Trabaja en:

Asesor particular

25.11.10

Hola Naroe,
el convenio colectivo se aplica por igual a todos los profesionales que contrates. El Convenio a aplicar depende de la actividad de la empresa, no de los profesionales que contrates. Cuando contrates a una persona tienes que aplicarle la categoría que mejor se ajuste a la actividad que va a desempeñar. Cada Convenio Colectivo define las categorías que se pueden aplicar.
Saludos,
JR.

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#2

Respuesta del participante:

Naroe Valls

26.11.10

Muchas Gracias por la respuesta pero disculpa mi falta de conocimiento en la materia, pero la asociación tiene varias actividades: elaboración y producción de espectáculos, campamentos y actividades en la naturaleza, intervención comunitaria con jóvenes, diseño gráfico y web…y nada tiene que ver una con la otra. ¿qué convenio se ajustaría más? ¿no puedo usar varios convenios¿

MUCHAS GRACIAS

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#3

Opinión anónima

26.11.10

Buenos días:

Como dice José Ramón, se debe aplicar el principio de unidad de empresa. Esto quiere decir que debes aplicar el convenio colectivo de la actividad principal de la empresa.

No tendría mucho sentido que si tienes a 2 administrativos sentados uno junto a otro y cada uno lleva los papeles de una actividad diferente que cobren diferente, con distintas vacaciones, distintas obligaciones… Imagínate una panadería que tiene a 10 personas haciendo pan y 1 vendiéndolo, se aplicaría el convenio de panadería a todos y no sólo a los 10 panaderos y al dependiente el del comercio.

En la práctica ésto da problemas y en un caso como el tuyo donde tienes muchas actividades supongo que no será sencillo.

Mira a ver si hubiese un convenio de actividades socio-culturales o algo similar que pudiese englobar a varias.

Todo ello, salvo mejor opinión.

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#4

Aportada por:

Elena Lluch Pascual

Asesora particular especializada en ong's

Trabaja en:

Asesor particular

26.11.10

Hola, efectivamente hay que comprobar cuál es la actividad principal de la entidad y aplicar el convenio que más se adapte y aplicarlo a todos los trabajadores, según sus categorías.
Habrá que ver además si el convenio es de ámbito estatal o provincial.
Saludos.

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#5

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

27.11.10

Hola Naroe: en relación con la consulta establecida, paso a informarte: en primer lugar, comparto los criterios que te trasladan mis compañeros/as de portal. Efectivamente, al tener vuestra entidad asociativa como objeto el ámbito sociocultural y no estar inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, ello conlleva a entender que dicha entidad jurídica asociativa esté inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias.
Si estamos en lo cierto, desde la perspectiva del derecho laboral y, en concreto, respecto a la aplicación de uno o varios convenios colectivos a las actividades que genera la asociación, en mi opinión, como regla general, una empresa en este caso, asocaciación puede abarcar varios sectores de actividad, a resultas de lo cual, puede crear un convenio de empresa con la representación sindical para reflejar esa situación.
Si este no es el caso, lo mas lógico sería aplicar el convenio colectivo sobre la actividad que va a hacer la empresa principalmente que extrapolado al ámbito asociativo, será el convenio de animación sociocultural, y que esté reconocido en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
No obstante lo dispuesto, para una mayor seguridad jurídica por vuestra parte, a efectos de conocer con certeza el convenio colectivo de aplicación a la asociación, podríais contactar con la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias, cuyos datos de contacto son los siguientes:
C/ Prolongación Ramón y Cajal, nº 3
Edf. Salesianos Semisótano 1º, Local 5
38071 Santa Cruz de Tenerife
Tfnos: 922 47 37 70
Fax: 922 47 37 46/47
C/ Prof. Agustín Millares Carló, nº 18
Edf. Servicios Múltiples II Planta 3ª
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Tfnos: 928 30 60 00
Fax: 928 30 63 55
Un cordial saludo y mucho ánimo en vuestra labor social.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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