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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Mercè Cana López

Si hacemos esta factura con IVA ¿Tendríamos que presentar la declaración de este impuesto?

08.02.17

Hola,

Somos una asociación que normalmente hacemos facturas sin IVA por servicios. Desde una entidad que le hemos hecho una formación nos dicen que quieren la factura con IVA.

Si se la hacemos con IVA, ¿tendríamos que presentar declaración de IVA por una única factura?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

09.02.17

Sí, por una única factura con IVA hay que cumplir todas las obligaciones con IVA: comunicación previa de esa actividad en el modelo 036 así como las nuevas obligaciones en el IVA, presentación de la declaración trimestral del IVA y resumen anual, libro registro de facturas emitidas (y de recibidas si las hubiera), posterior baja en esa actividad y en las obligaciones en el IVA si no se vuelve a realizar más actividad con IVA. En principio, esas serían las obligaciones en el IVA por la emisión de una factura.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Opinión anónima

09.02.17

En principio la actividad de formación está exenta de IVA. Por lo tanto, si el servicio que su entidad ha prestado corresponde a una actividad de dicha naturaleza no pueden hacer una factura con IVA por la misma.

Un atento saludo.

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#3

Opinión anónima

11.02.17

En relación con la respuesta anterior, matizar que no toda formación está exenta de IVA. La exención no será aplicable, a los servicios de enseñanza que versen sobre materias no incluidas en alguno de los planes de estudios de cualquiera de los niveles o grados del sistema educativo español.
En el caso de que realicéis la factura sin IVA es obligatorio anotéis en margen inferior la siguiente frase.
(*) Esta formación está exenta de IVA en virtud del Art. 20.9 de la Ley IVA 37/1992
Espero haberos clarificado algo más.
Un saludo,

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#4

Respuesta del participante:

Mercè Cana López

14.02.17

Una pregunta, cuando hablas “de los servicios de enseñanza que versen sobre materias no incluidas en algunos de los planes de estudios de cualquiera de los niveles o grados del sistema educativo español”. ¿Donde puedo, saber si la formación que damos está incluida?
En este caso es formación ,sobre deporte y discapacidad, a profesorado, que se le convalida con puntos para las lista de generalitat. Se da el art. 20.9?

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#5

Aportada por:

Jordi Gargalo Renom

Economistacolaborador AssociacionsBarcelona jordigargallo@economistes.com

Trabaja en:

Asesor particular

15.02.17

Debes entender que en las leyes existen lo que se llama cuestiones de hecho, o sea que se deberá apreciar y probar en cada caso concreto ante la autoridad fiscal, por lo tanto no podrás tener seguridad jurídica completa a priori, aunque en tu caso entiendo que se podría entender fácilmente que esta dentro del plan de estudios de INEFC.
Jordi Gargallo

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#6

Respuesta del participante:

Mercè Cana López

15.02.17

Muchas Gracias a todos por vuetras aportaciones

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