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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Maria Trinidad Varela Formoso

Si se ha hecho mal una retención del IRPF y hay que abonar la diferencia, ¿Debe hacerlo el trabajador o la asociación?

13.08.13

Hola,

Si se ha hecho mal una retención del IRPF y después hay que abonar la diferencia ¿quien tiene obligación de hacerlo el trabajador o la asociación?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan Bermudez Claveria

Auditor Censor Jurado de Cuentas. Economista y auditor experto en ONG y Fundaciones AOB auditores (www.aobauditores.com) - Teléfono:902112936

Trabaja en:

Asesor particular

13.08.13

Apreciada Maria.

La obligación de retener siempre la tiene el pagador de las mismas que en este caso es la asociación. Por lo tanto deberás presentar declaración complementaria lo antes posible para corregir esta deficiencia. Otra cuestion será determinar el motivo del porque se han ingresado mal las retenciones en cuyo caso puede imputarse al trabajador si este no ha informado correctamente de su situación, si bien primero debe pagar siempre la asociacion y posteriormente comentar esta incidencia con el trabajador. Puedes consultar más información si requieres a nuestros auditores.

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#2

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

13.08.13

Hola Maria
Como dice el companero la obligacion de retener y de hacerlo correctamente es de empleador. El trabajador no tiene obligacion de comunicar a la empresa su situacion personal a efectos se IRPF: numero de hijos, ascendientes a cargo, hipoteca por vivienda habitual etc., porque cuando vaya a realizar su declaracion de la renta lo tendran en cuenta. Si el trabajador no os comunica nada considerais situacion 3. Pero esto no implica que no retengais a dicho trabajador conforme a sus ingresos anuales o el 2% segun corresponda
Si os ha comunicado su situacion x medio del modelo 145 entonces tendreis q tener en cuenta su situacion
Ademas es importante al menos de forma trimestral ir actualizando los IRPFs de todo el personal para ajustarlos bien por incremento salarial durante el ano, situacion personal diferente o pej variacion de contratos etc
Un saludo
Teresa Ferraz

solucionesong.org
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