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Consultas Online

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Consulta formulada por:

María A. Alonso

Sobre los gastos de personal en una subvención pública

07.07.10

Hola queremos presentar gastos de personal a una subvención pública y necesitaríamos saber a qué perfil responden los grupos siguientes.

Por otra parte, quisieramos saber que % de SS deberíamos pagar como asociación.

Grupo I: 31.306 euros.
Grupo II: 25.045 euros.
Grupo III: 21.914 euros.
Grupo IV: 18.783 euros.
Grupo V: 15.653 euros.
Grupo VI y VII: 12.522 euros.
Grupo VIII: 10.435 euros.

Un saludo y muchas gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

07.07.10

Hola Maria,
Los grupos a los que te refieres son los grupos de cotizacion a la S.S., y se utilizan para establecer las bases de cotizacion maximas y minimas por la que puede cotizar cada grupo. estos grupos son:

1. Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores
2. Ingenieros Técnicos, Peritos, y Ayudantes titulados
3. Jefes administrativos y de Taller
4. Ayudantes no Titulados
5. Oficiales administrativos
6. Subalternos
7. Auxiliares administrativos
8. Oficiales de primera y segunda
9. Oficiales de tercera y Especialistas
10. Peones
11. Trabajadores menores de 18 años, cualquiera que sea su categoría profesional

En cuento a lo quie hay que pagar, sera como todo el mundo, y los % son:
Contingencias comunes, 23.6% la empresa y 4.7% el trabajador.

Tambien se cotiza por otros conceptos como accidentes de trabajo, desempleo o formacion profesiona, pero son porcentaejs mas pequeños.
Te sugiero este enlace de la pagina dela S.S.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenGeneraldelaS10957/InformacionGeneral/index.htm

Espero te sirva de orientacion…,

Salvo mejor opinion.

Conrad Liarte

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#2

Opinión anónima

14.07.10

Y además
leer atentamente las bases de la subvención. Algunas incluyen el finiquito y otras no, en caso de contratación por obra y servicio, por ejemplo. Otras no admiten en gastos de personal epigrafes de la nomina como desplazamiento, coordinación… sino exclusivamente el importe del sueldo de esa categoría…Cada subvención es un mundo y hay que leerla muy bien para no pegarnos sustos a la hora de justificar. Un saludo

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