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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

Tenemos dudas con el modelo 036 y la solicitud del CIF (provisional y definitivo)

16.01.13

Hola,

Hemos creado una asociación cultural y tenemos las siguientes dudas con respecto al modelo 036 y la solicitud del CIF (provisional y definitivo).

Los ingresos de la asociación serán (al menos en el primer año) pequeñas donaciones de terceros, además de algún patrocinio y no emitiremos ninguna factura. Los gastos principalmente dietas, alojamiento y desplazamientos de los voluntarios para realizar las
actividades de la asociación.

Dudas:

- Cuando solicitemos el CIF provisional, ¿es necesario que marquemos inicio de actividad en el modelo 036 o podemos solicitar simplemente el CIF? En este caso, ¿podríamos empezar a funcionar con los ingresos y gastos mencionados dentro de la legalidad?

- Cuando vayamos a solicitar el CIF definitivo, ¿es obligatorio que nos demos de alta ya en alguna actividad económica o en el caso de seguir solo recibiendo donaciones sin emitir ninguna factura podemos volver a presentar un modelo 036 sin inicio de actividad económica solo con la finalidad de tener un número de CIF?

- En caso de hacer este trámite solo con la finalidad del CIF, ¿Qué obligaciones fiscales tendríamos? ¿Declaraciones de IVA, Impuesto de sociedades…?

Muchas gracias, un saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Luis Tomas Sola Sanchez

Despacho Sola & Espinosa, Asesores Legales y Fiscales, Contables. Granada.

Trabaja en:

Asesor particular

16.01.13

Buenas tardes: La obtencion del CIF DEFINITIVO no requiere el ejercicio de actividad alguna o el alta en el modelo 036 de alguna actividad. El CIF DEFINITIVO te lo darán una vez registrada la asociación. Podeis solicitar el CIF PROVISIONAL sin marcar inicio de actividad alguna y empezar a funcionar sin tener que esperar el CIF DEFINITIVO. Salvo que tengasis previsto pagar rentas sujetas a retencion no teneis obligaciones de autoliquidación de impuestos. Con respecto al Impuesto de Sociedades habra que estar a la cifra de ingresos que tengais en 2013 para ver si estais obligados a presentar esta declaracion.

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#2

Opinión anónima

16.01.13

Muchas gracias Luis,

Entonces entiendo que recibir donaciones y gastar estas en el desarrollo de los fines de la asociación, ¿no está considerado como actividad económica?

Un saludo.

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#3

Opinión anónima

16.01.13

Hola,
En la línea de la respuesta de Luis Tomas.
Si queréis al solicitar el CIF podéis daros de alta también en un epígrafe del IAE, 966.9 (otros servicios culturales n.c.o.p.. ), por ejemplo. Es un trámite que no conlleva ningún coste y ninguna obligación fiscal, que vendrían dadas por el tipo de actividad económica que realicéis, y sin embargo ya tenéis un núnero de identificación fiscal que puede ser necesario para algunos trámites con la administración o solicitud de ayudas, etc.
Un saludo
Salvador
puche 29

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#4

Opinión anónima

16.01.13

Muchas gracias Luis y Salvador,

Entonces entiendo que recibir donaciones y gastar estas en el desarrollo de los fines de la asociación, ¿no está considerado como actividad económica?

Un saludo.

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#5

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

16.01.13

Recibir donaciones y gastarles en los fines de la asociación no son una actividad económica, pero atención, porque Hacienda, en el Impuesto de Sociedades que es el lugar en que eso se sustancia, no lo entiende de la misma manera.
Los ingresos y gastos que están expresamente exentos de tributación en el IS, son los que se recogen en la Ley 49/2002, que curiosamente son casi los mismos, pero con el paso previo de la declaración de utilidad pública.
Por no liarte demasiado, a lo que tú preguntas, aunque no sea una actividad económica, sí tienes que declararlos y tributar en el IS; pero si los ingresos anuales son inferiores a los 100.000€, olvídate, no teneis obligación de presentar el impuesto.

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