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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Javier Martín - Arroyo García

¿Tenemos que adaptar los certificados de donaciones a la legislación correspondiente a la comunidad autónoma del donante?

13.02.09

Nuestra entidad es de Andalucía, pero tenemos un donante en Navarra y nos gustaría saber si el certificado de donaciones tiene que incluir algo especial por ser este donante de Navarra o no.

Tengo dudas al realizar el certificado de donaciones pues desconozco si en Navarra se disfruta de algún incentivo autonómico, pues sé que tienen un régimen foral distinto al resto de nosotros, ¿se aplicaría la legislación estatal o tendría que tener en cuenta el régimen autonómico de Navarra?

Muchas gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Suficiente

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.09

El certificado de donaciones debe expedirse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 49/2002, sin que su contenido deba modificarse porque el donante resida en territorio fiscal de régimen foral.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.
juan@gonzalezpalomino.com

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#2

Suficiente

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.09

No, no tienes que adaptarlo, de hecho, el modelo 182, en la casilla donde se indica la comunidad autónoma del donante, no aparece el País Vasco ni Navarra.

Saludos,

Mariano Romero

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#3

Opinión anónima

23.02.09

No, si la donación es fuera del territorio foral debe cumplir los requisitos de la Ley 49/2002 para poder deducirselo en Navarra.
Esta respuesta no es vinculante.

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