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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Paco Moreno

Tengo dudas en la contabilización de subvenciones recibidas de la administración

05.09.11

Hola, con respecto a las subvenciones recibidas de la administración tengo una duda. La convocatoria es, en mi caso, anual, pero como norma general lo ingresan a final de año y se ejecuta en su totalidad al año siguiente.

Por ejemplo, en la convocatoria de 2006 nos aprueban 12.000 euros, yo lo anoto en la 13 y en la 47 cuando nos llega resolución. Cuando la cobro la paso de la 47 a la 572, pero al final de año tengo que pasarla a la 725.

Mi pregunta es: ¿tengo que pasar la subvención completa o sólo lo que he gastado en ese año y al año siguiente en la 725 poner el resto? Todo esto teniendo en cuenta que ese año tendré que poner la parte gastada de la subvención de ese año pero en apuntes diferentes…

Necesito que me ayudéis con un ejemplo numérico, así es más fácil. Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Tatiana Redondo Álvarez

Down Principado de Asturias

Trabaja en:

Asesor particular

06.09.11

Buenos días Paco:

Si la subvención que te dan es para ejecutar en el año 2006, tendrías que llevar todo a ingresos (725) en el año 2006.
Es decir, tienes que reconocer la subvención como un ingreso en el año en que tengas que gastarla. De esta forma tendrás en el mismo periodo el ingreso y los gastos.
Si es la convocatoria de 2006, pero para proyectos a ejecutar en al año siguiente, tendrías que reconocer el ingreso (725) en el año 2007.
Más que el año de la convocatoria, mira que periodo está financiando esa subvención en concreto y será en ese periodo cuando tengas que traspasarla a ingresos.
Espero haberte aclarado algo la duda.

Un saludo,

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#2

Aportada por:

Paco Moreno Fernández

Paco Moreno (Caleta de Vélez)

Trabaja en:

Plataforma de ONG de Acción Social

06.09.11

Estimada Tatiana:
Gracias por tu aclaración, pero te pongo un ejemplo para que me entiendas algo más:
Yo presento un proyecto en el año 2006. En Diciembre de 2006 me llega la aprobación de 3000 euros. El 20 de Diciembre me lo ingresan en cuenta. Hasta aquí todo bien. La resolución me dice que tengo de plazo 4 meses desde la fecha de pago (es decir en este caso práctico tendría hasta el 20 de Abril de 2007 para ejecutarla, pero si he realizado gastos imputables en los 10 días de Diciembre (por ejemplo he gastado 200 euros) y el resto de la subvención (2.800 euros) me la gasto en 2007 ¿Tendria que llevar los 200 a la 725 de 2006 y los 2.800 a la 725 de 2007? Espero haberme explicado bien, pero así es mi duda.

Gracias de nuevo.

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#3

Opinión anónima

07.09.11

Pues sí. Llevas a ingresos del ejercicios en función de los gastos que vas asumiendo. Si en el 2006 has asumido sólo 200 € de gastos, eso es lo que efectivamente llevas a ingresos y el resto en el ejercicio siguiente. El resto de la subvención sin imputar queda en la 130 hasta que vayas imputando. Identifica contablemente tanto los gastos como la imputación de ingresos para que haya pista de auditoría suficiente y ya está. Así al menos es como yo lo hago.

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#4

Aportada por:

José Antonio García González

Economista especializado en Gestión de Asociaciones

Trabaja en:

Asesor particular

07.09.11

En mi opinón los asientos son los siguientes:

En el momento que te notifican la subvención:

(132) Otras subvenciones, donaciones y legados 3.000 €
(4708) Hacienda Pública, Deudor por subvenciones concedidas 3.000 €

En el momento que te la ingresan en el banco:
(4708) Hacienda Pública, Deudor por subvenciones concedidas 3.000 €
(572) Banco 3.000 €

A 31 de diciembre por el importe de los gastos que imputas a esa subvención:
(132) Otras subvenciones, donaciones y legados 200 €
(725) Subvenciones oficiales afectas a la actividad propia de la entidad imputadas al resultado del ejercicio 200 €

A 1 de enero del año siguiente, por el resto de la subvención que te vas a gastar:
(132) Otras subvenciones, donaciones y legados 2.800 €
(725) Subvenciones oficiales afectas a la actividad propia de la entidad imputadas al resultado del ejercicio 2.800 €

De esdta forma imputas los ingresos de la subvención en función de cómo le impustas los gastos.

Con frecuencia lo complicado no es el asiento contable, sino saber con exactitud los gastos que se imputan a cada subvención, porque son frecuentes los retrasos en hacer las justificaciones económicas y los cambios de última hora (facturas que se pueden perder o que nos devuelven).

Un cordial saludo.

José Antonio García González
Federación Provincial de Drogodependencias Liberación

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#5

Aportada por:

Paco Moreno Fernández

Paco Moreno (Caleta de Vélez)

Trabaja en:

Plataforma de ONG de Acción Social

07.09.11

Gracias a todos. Ha sido de gran ayuda vuestra aportación. Increible esta página. POr ello me comprometo a ayudar también en aquellos asuntos que pudiera asesorar. De nuevo muchísimas gracias a todos los que me han contestado.

Gracias

solucionesong.org
Un proyecto de