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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jorge Fernández Orueta

¿Tiene un cooperante una situación fiscal especial?

27.05.11

Soy cooperante y expatriado en Marruecos. En virtud de mi lugar de residencia, Hacienda no realiza retenciones de mi salario supuestamente por algún tipo de estatus especial. La sorpresa viene cuando ahora me piden pagar todo aquello que no se me ha retenido, que viene a ser equivalente al sueldo de tres meses.

Probablemente existe algún trámite que no hemos hecho bien. ¿Cuál es el estatus de los cooperantes a este respecto? ¿Existe alguna fórmula particular para nosotros?

Si el estatus particular consiste en pagar estos palos, la verdad, no veo la gracia de tirarse la vida fuera.

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Insuficiente

Aportada por:

Berta Liliana Brusilovsky Filer

Arquitecta, urbanista, cooperación internacional

Trabaja en:

Asesor particular

27.05.11

Hola Jorge,
Es sorprendente que tengas que pagar el equivalente a tres meses de salario. Si la ONGD para la que trabajas no te hizo las retenciones oportunas en el contrato oportuno, ha sido una mala gestión de esta ONGD. Yo fui expatriada en República Dominicana con ASF y sí, me hicieron las retenciones oportunas, aunque más bajas que las de otros trabajadoras y luego tuve que rendirle cuentas a Hacienda, pero nunca equivalente a esa cantidad que dices que te van a cobrar.
Los expatriados que tenemos contrato en España somos como cualquier trabajador, con su Seguridad Social y su obligación de declarar. No se si algún expero en temas fiscales tiene algo mejor para comentarte. Ojalá sea así.
En cuanto a tu comentario sobre “estatus particular”, mi parecer es en parte diferente al tuyo, ya que si yo me tiré 8 años de mi vida fuera de España fue porque me apetecía este tipo de trabajo pero me aseguré también de que nadie me pasara factura especialmente Hacienda. Siento mucho tu situación, de verdad.
Saludos.
Berta Brusilovsky Filer
www.acciondesarrolloigualdad.org

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#2

Insuficiente

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

27.05.11

Hola Jorge,

Como dice la compañera el problema viene porque las retenciones que te practicaron fueron muy bajas, por eso ahora te toca pagarle a hacienda, de todos modos me consta que hay algo “especial” para cooperantes, tal vez si le echas un vistazo a la web de la aecid te pueda servir, pero desde luego el tema con hacienda está claro.

Texto del enlace…

Saludos, Eva

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#3

Buena

Aportada por:

Barbara Pascual Llorca

Analista contable, financiera y de estartegia desarrollo

Trabaja en:

Asesor particular

27.05.11

Hola Jorge,
Efectivamente hay un tratamiento especial y si tu contrato son rendimientos del trabajo (interpreto que si) y es menor a esos 60.001 euros anuales hay una exoneración de retenciones. te pueden dar un certificado de las retenciones practicadas en tu ONG y con ello debes ir a Hacienda o dar poderes a alguien para que lo haga de forma que te la apliquen. Pero has de comunicarles que tienes contrato de expatriado y tus características sino te aplicarán la retención correspondiente a un contratado “normal”.

Un saludo
Bárbara

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#4

Respuesta del participante:

Jorge Fernández Orueta

27.05.11

Hola a tods
Por otro lado me han dicho tanto de mi sede como otros cooperantes en Marruecos que la cosa está bien como está. Detallo un poco más: en 2009 me tiré algo menos de 6 meses fuera y cuando me tocó pagar “la broma” en hacienda me dijeron que era porque sólo era efectivo a partir de los 6 meses. Numerosos trabajadores de hacienda me han dicho lo mismo, tanto en persona como por teléfono. Esa es también la información que ha llegado a nuestro departamento de administración en la sede.
Sin embargo, en 2010 estuve todo el tiempo fuera, por lo que en teoría la cosa debería estar bien como está, o pagar alguna pequeña parte, entendiendo que mientras vivo en el extranjero no disfruto de las ventajas de vivir en España. La SS sí, claro, esa está pagada.
Muchas gracias por las respuestas, pero si tenéis algo más de información os lo agradecería.

Un saludo

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#5

Opinión anónima

01.06.11

Hola,

Yo he sido cooperante y actualmente estoy mirando de resolver la declaración de 2009 en base al documento que adjunto. Es una nota de la misma AT, en la que reconoce que los cooperantes pueden llegar a estar exentos de tributar, si se cumplen tres requisitos.

Si salgo vencedora, os aviso.

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#6

Insuficiente

Aportada por:

José Manuel Eiré Rodríguez

Auditor Censor Jurado de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

01.06.11

Creo que aqui se confunden retenciones con el impuesto de la renta, las retenciones son los que cada mes te deducen en cobro de la nomina y se ingresa en hacienda, y en el ejercicio siguiente se hace la declaración en la que se ajusta con hacienda si te han retenido de menos has de pagar y se te han retenido en exceso te han de devolver. Por lo que entiendo en tu caso no te han retenido y ahora lo tienes que pagar todo junto. La verdad que tu situación hay muchas personas que la querrian, pero hacienda no lo permite, es decir no pagar nada a hacienda (no tener retenciones) hasta tener que hacer la declaración ya que esa retención guardada rentaria a mi favor y me generaria unos intereses. En tu caso dices que son tres meses, en mi caso si me pudiera guardar la retenciones e ingresar la totalidad del importe en el periodo de renta me saldria a ingresar el equivalente a cinco meses de trabajo.

Saludos cordiales

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#7

Respuesta del participante:

Jorge Fernández Orueta

01.06.11

Gracias a tods

José Manuel, sí, estoy de acuerdo con lo que cuentas de las retenciones. Está claro, no hay ninguna confusión, sé porqué Hacienda me dice que tengo que pagar, pero yo no he elegido el que no me retengan. Esto ocurre porque no soy residente en España ni beneficiario de los servicios que supuestamente presta el estado con los impuestos.
Eso me lo dicen en todas las agencias de Hacienda en las que he preguntado, todo el mundo tiene claro que si no vives en España durante 6 meses + 1 día al año (y estás inscrito en el registro consular, claro) ese año no pagas impuestos en España. La cuestión es porqué, si todos lo tienen tan claro, el borrador no sale automáticamente adecuado a esa situación.
Vale que pague algo, pero no como cualquier residente en España (nativo o no) que usa las carreteras a diario, le protege la policía (como en Barna el viernes pasado) o le representan los políticos (si me paso con el tono sarcástico no es nada personal, es que se respira en el ambiente).
De momento estoy de visita en España y voy a intentar con el certificado de residencia expedido por el consulado, a ver qué me cuentan.
Os mantengo informads.

Saludos

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#8

Aportada por:

Alberto Martos Sauquillo

KALUINSTITUTE.ORG

Trabaja en:

Asesor particular

01.06.11

Hola Jorge
Tranquilo que no tienes uqe pagar NAAAADAAAA.
Lo de los 6 meses es un error, esos 6 meses te definen si eres residente o no fiscalmente en España, pero ese es otro asunto.
Tu eres residente fiscalmente en españa porque lo dice la ley de cooepración.
Dicho esto, los salariso de lso cooperantes están totalmente exentos de pago, por eso no te retenían, y por eso ahora no debes pagar.
Mas arriba un compañero te ha enviado las tres condiciones que se han de cumplir para que no pages.
un saludo

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#9

Respuesta del participante:

Jorge Fernández Orueta

11.06.11

Bueno, parece que se cierra la consulta pero quería antes comentaros lo que he avanzado.
Parece ser, mañana lo comprobaré, que todo el problema consiste en los siguiente.
Efectivamente, como expatriado no se me realizan retenciones ni tengo que pagar después el régimen general siempre y cuando la residencia fuera de España sea de más de 6 meses. Esta situación es un poco ridícula, ya que una persona que trabaje fuera de España desde el 1 de julio de un año al 30 de junio del siguiente estaría pagando sus impuestos como si viviera en España todo el año.
Pero, al mismo tiempo, al tener un contrato español, Hacienda requiere tener registrado un domicilio fiscal, que TIENE QUE SER EN ESPAÑA y que NO TIENE NINGUNA IMPLICACIÓN relativa al lugar de residencia oficial. Cuando facilité a Hacienda este domicilio (que es de mi familia, no mío) “alguien” asumió que ese era también, mi lugar de residencia.
Así que tanto mi ONG como yo habíamos hecho los pasos adecuados pero hubo un error en la administración del Ministerio debido a que la situación como expatriado no es frecuente y el funcionario se dejó llevar por la rutina.
IMPORTANTE: si tenéis que indicar o actualizar vuestro domicilio fiscal, aseguraos de que no os “actualizan” el lugar de residencia.
Quisiera agradeceros a todos el interés y espero que estos comentarios sirvan para los que vengan detrás.
Saludos

solucionesong.org
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